Gargantilla Informa

Se restringe la ENTRADA Y SALIDA de las personas residentes en Extremadura de los municipios en los que tengan    fijada su residencia, SALVO para aquellos desplazamientos, ADECUADAMENTE JUSTIFICADOS que se   produzcan por: ·    

  •    Cumplimiento laboral, profesional, sanitario, empresarial, Institucional o legal.
  • ·       Asistencia a universidad o centros docentes y educativos, incluidos las    escuelas de educación infantil.
  • ·       Desplazamiento a entidades financieras, de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.  
  • ·       Actuaciones requeridos o urgentes ante Órganos públicos, Judiciales y notariales
  •          El toque de queda  es desde las 22:00 a 6:00h

 Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra actividad de análoga naturaleza, DEBIDAMENTE ACREDITADA

Info General 18-Enero-2021 13:36