Gavilanes Informa
Se hace saber, que, dando cumplimiento a la Ordenanza Municipal sobre Limpieza Viaria (artículo 10: "Limpieza de solares") y al Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (artículos 18 y 19), LOS PROPIETARIOS DE SOLARES URBANOS TIENEN LA OBLIGACIÓN DE LA LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y BUEN ESTADO DE LOS MISMOS, en previsión de las altas temperaturas y así evitar posibles situaciones de riesgo. Queda prohibido a cualquier persona arrojar, tanto en solares públicos como privados, basura, residuos industriales, residuos sólidos urbanos, escombros, maleza, objetos inservibles y cualquier otro producto de desecho, que pueda representar riesgo para la salud publica, infrinja la normativa reguladora de vertidos o bien que incida negativamente en el ornato público. Queda, asimismo, prohibido encender fuego en solares urbanos, con cualquier fin, incluso para deshacerse de la vegetación o naturaleza que crezca en el recinto vallado, salvo autorización municipal discrecional, previa solicitud expresa por parte del interesado. Se recuerda que los residuos vegetales urbanos pueden ser depositados en el punto limpio de EL HORCO destinado a tal fin, de manera gratuita.
Cultura, fiestas y eventos. 09-Julio-2020 12:43