Guijo de Granadilla Informa
Ordenanza Municipal de Seguridad y Convivencia Ciudadana en el Espacio Público en Guijo de Granadilla.


En el Capítulo III se regulan las Necesidades fisiológicas y CUIDADO DE ANIMALES en espacios públicos. Y en el artículo 29, en los apartados 3 y 4 pone lo siguiente:


3. Se prohíbe por razones de salubridad pública, higiene y control de las poblaciones de animales facilitar, arrojar o depositar en lugares públicos alimentos perecederos, desperdicios y cualquier clase de comida a animales de compañía errantes, callejeros o abandonados, como perros, gatos, palomas etc., excepto cuando se cumplan los requisitos siguientes:
a) Que dichos alimentos estén específicamente preparados para ese tipo de animal.
b) Que sean alimentos sólidos, deshidratados y que no produzcan olores ni sean susceptibles de ensuciar el espacio público.
c) Que se retiren los recipientes empleados una vez utilizados estos.
d) Que los lugares donde se suministren los alimentos a una especie concreta estén suficientemente alejados unos de otros a los efectos de evitar concentraciones o bandadas de esa clase de animales.
4. Asimismo, el Ayuntamiento con ocasión de quejas, concentraciones masivas de asentamientos o por incumplimiento de los requisitos establecidos en este apartado podrá prohibir la alimentación de animales en zonas o lugares concretos.
Info General 17-Octubre-2023 08:12