Quijorna Informa
Real Decreto por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.‼️ ➡️ Limitación a la libertad de circulación: Durante la vigencia de estado de alarma los ciudadanos únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades. -Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad. -Asistencia a Centros Sanitarios - Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral. -Retorno al lugar de residencia habitual. -Asistencia y cuidado a mayores,menores,dependientes y personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables. -Desplazamiento a Entidades Financieras. -Por causas de fuerza mayor o situación de necesidad. Deben de permanecer en casa si no es en cualquiera de las situaciones anteriores. Entre todos conseguiremos hacer frente al COVID-19. En caso de síntomas ponerse en contacto con el número habilitado por la CAM: 900102112

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Cultura 15-Marzo-2020 11:53