Renedo de Esgueva Informa
FINALIDAD: Se convocan en régimen de concesión directa subvenciones para el año 2020 dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos que hayan estado percibiendo la prestación extraordinaria por cese de actividad prevista en el artículo 17 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social COVID-19. Las solicitudes se resolverán por orden de presentación desde que el expediente esté completo. Se entenderá que un expediente está completo cuando contenga toda la documentación prevista en esta convocatoria. CUANTÍA: Será subvencionable el 40% de la cuota por contingencias comunes y profesionales, de los meses de agosto, septiembre y octubre de 2020, abonadas por los trabajadores beneficiarios de esta orden, tras finalizar la prestación extraordinaria por cese de actividad para los afectados por declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que se hayan acogido a la exención en la cotización establecida en el artículo 8 del Real Decreto Ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial, y hayan reemprendido su actividad. PLAZO DE PRESENTACIÓN: será del 29 de julio de 2020 a las 9:00 horas hasta el 10 de agosto de 2020 a las 15:00 horas.

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Cultura 27-Julio-2020 14:03