Renedo de Esgueva Informa
BENEFICIARIOS

-LÍNEA 1:
1º.- El empleador debe ser un autónomo, microempresa o centro especial de empleo de iniciativa social.
2º.- El empleador debe tener su centro productivo o de trabajo en municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes.
3º.- El empleador debe tener trabajadores que estén o han estado en ERTE durante el año 2021.
4º.- El empleador deberá acreditar (o comprometerse) a mantener el puesto o puestos de trabajo de trabajadores afectados por ERTE (con el alta correspondiente) durante un periodo mínimo de 90 días a jornada completa, o 120 días a jornada parcial, sean continuados o no, durante el año 2021.
La contratación debe mantenerse en los términos anteriores, sin perjuicio de la posible reducción (e imputación al ERTE) de la parte que no se pueda cubrir como consecuencia del toque de queda.

-LÍNEA 2:
1º.- El empleador debe ser un autónomo, microempresa o centro especial de empleo de iniciativa social.
2º.- El empleador debe tener su centro productivo o de trabajo en municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes.
3º.- El empleador debe haber contratado a una persona desempleada inscrita en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León mediante contrato indefinido o contrato temporal de, al menos, 12 meses. En el caso de sustitución por baja maternal o paternal el contrato deberá tener una duración mínima de 6 meses.
4º.- La contratación deberá suponer la creación neta de empleo, sobre la plantilla media total existente en la empresa/autónomo, en los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de la persona o personas cuyo contrato se subvencione.



FINALIDAD
Existen dos líneas de subvención:
-LÍNEA 1: para ayudar al mantenimiento del empleo en la provincia de Valladolid, con especial atención a los sectores más perjudicados por el COVID-19, como el sector cultural, el sector turístico y la hostelería.

-LÍNEA 2: para ayudar a incentivar la creación de empleo en la provincia de Valladolid.



CUANTÍA.

Cuantía máxima por beneficiario:

LÍNEA 1 Se recibiría, siempre que se cubra el gasto, una cantidad fija de 1.000 euros por puesto de trabajo mantenido, hasta un máximo de 2 puestos por empleador, y una cantidad variable de hasta 1.500 euros por puesto, conforme a los siguientes parámetros (que serían acumulativos):

-Mujer contratada: 200 euros -Joven contratada (hasta 36 años, incluidos): 200 euros -Persona contratada mayor de 45 años: 200 euros -Persona contratada entre 37 y 45 años con hijo/s a cargo: 200 euros -Persona contratada con capacidad diversa: 200 euros -Sector turístico: 450 euros -Sector cultural: 450 euros -Hostelería: 450 euros.

LÍNEA 2 Se recibiría, siempre que se cubra el gasto, y hasta un máximo de un puesto por empleador, una cantidad fija de 2.000 euros para contrato indefinido o contrato de sustitución por baja maternal o paternal, y 1.000 euros para contrato temporal, y una cantidad variable de hasta 1.500 euros, conforme a las variables aplicable a la persona contratada (que serían acumulativas): -Mujer contratada: 500 euros -Joven contratada (hasta 36 años, incluidos): 500 euros -Persona contratada mayor de 45 años: 500 euros -Persona contratada entre 37 y 45 años con hijo/s a cargo: 500 euros -Persona contratada con capacidad diversa: 500 euros -Parado de larga duración contratado: 500 euros.



PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: hasta el 31 de mayo de 2021, incluido.



MÁS INFO.: B.O.P. 05/04/2021



Archivos adjuntos:
Info General 05-Abril-2021 18:13