Trasierra Informa
Las sanciones por el incumplimiento del deber de depositar los residuos sólidos urbanos en los contenedores habilitados al efecto.

Según lo dispuesto en la normativa vigente sobre seguridad y convivencia ciudadana se considera como infracción grave:

"Artículo 160.- Infracciones graves.

f) Depositar los residuos domiciliarios o asimilables a urbanos fuera de los lugares, recipientes y contenedores dispuestos por el Ayuntamiento."

Esta infracción está penada con multa de 750,01 hasta 1.500,00 euros.

Se ruega comprensión por los vecinos afectados por los contenedores retirados y se insta encarecidamente a que no vuelvan a depositar los residuos fuera de los contenedores habilitados. 

Nuevamente disculpen las molestias.

Info General 09-Julio-2021 10:59