Buenos días. Se informa de que ya está permitida la quema por montones de residuos vegetales. Los interesados deben solicitarlo en la página web https://www.infoex.info/tramites-en-linea/. Si alguien tiene algún problema para realizar la solicitud, podrá hacerlo en el Ayuntamiento, con los datos de la parcela donde se procederá a la quema. CONDICIONADO Y MEDIDAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD A CUMPLIR. - No se quemarán los montones sobre pasto seco, hojarasca, matorral u otra vegetación inflamable, alejándolos en lo posible de dicha vegetación, de las riberas, de los linderos, y de las copas de los árboles.
- La altura de los montones será reducida de modo que su llama no alcance la vegetación en pie o arbolado. Todos los montones encendidos deberán estar a la vista del responsable (a menos de 100m). Cuando los montones superen 1 metro de alto o estén prendidos de forma simultánea en grupos de más de 10 de manera, se avisará 1 hora antes de su encendido mediante llamada a la Central de incendios o al 112.
- Se podrá iniciar la quema desde 1 hora antes de la salida del sol hasta las 17:00 horasmomento en el que no se apreciará llama, debiendo permanecer vigilada hasta consumirse los rescoldos. A partir del 1 de abril las quemas de restos acortarán dicho horario hasta las 14:00 horas.
- Es obligación del responsable en campo no iniciar o suspender la quema cuando por viento u otras condiciones locales se comprometiera su seguridad, o pueda causar daños a terceros, o el humo afecte a poblaciones o a la visibilidad en viales con tráfico. Se prohíbe la quema cuando el riesgo de incendio forestal de AEMET publicado en http://www.infoex.info/tramites-en-linea/ sea alto, muy alto o extremo.
- Dispondrá de medios para uso inmediato en la extinción de algún escape , avisando en caso de incendio a la Central de incendios o al 112.
- El declarante se obliga a entregar una copia completa de este documento a la persona responsable en campo, quien dispondrá de ella en papel o pantalla, en el lugar y momento de la quema. También se facilitará el acceso, vigilancia e inspección a los Agentes del Medio Natural, Guardia Civil y personal adscrito a este Servicio.
- La presente declaración no será válida cuando esté incompleta o ilegible en sus apartados, o cuando carezca del identificador de respuesta del formulario o del reporte de Fax o sello del Registro.
- En cualquier caso las quemas podrán ser suspendidas temporalmente por el órgano competente en materia de incendios cuando concurran circunstancias que así lo aconsejasen.
- Esta declaración no exime del cumplimiento del resto de la normativa asociada a dicha actividad.
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