• 2018-05-17 09:31:22
    Info General

    Desde el ayuntamiento de Yunquera informamos que se encuentra abierta la convocatoria de ayudas del programa de Adecuación Funcional Básica de Viviendas dentro del Plan de Viviendas de Andalucía. A continuación, se muestra un resumen de toda la información de la convocatoria:
    1. MODALIDAD DE LA CONVOCATORIA: Concurrencia competitiva para obras de mejora de la seguridad y la adecuación funcional básica de viviendas que constituyan su residencia habitual.
    2. ¿QUIENES PUEDEN SOLICITAR LAS AYUDAS?
    - Personas mayores de 65 años.
    - Personas que tengan reconocido, al menos, un 40 % de discapacidad
    - Personas en situación de dependencia que tengan reconocido un Grado de gran dependencia (Grado III)
    3. ¿QUÉ ACTUACIONES SE SUBVENCIONAN?
    Aquellas obras de adecuación funcional básica de la vivienda donde resida la persona solicitante y, en su caso, la asistencia técnica preceptiva, contemplen alguna de las siguientes actuaciones:
    a) Mejora de la seguridad y adecuación de la instalación de gas.
    b) Instalación de alumbrado conmutado en el dormitorio u otro espacio de la vivienda que así lo requiera para la utilización por la persona solicitante.
    c) Mejora de la seguridad y adaptación de la instalación eléctrica.
    d) Adecuación del ancho de puerta así como la eliminación de otras barreras arquitectónicas.
    e) En los cuartos de baño, instalación de suelo antideslizante, instalación de apoyos y asideros y adecuación de los sanitarios y griferías a las necesidades de la persona solicitantes.
    f) Colocación de pasamanos en pasillos.
    g) Cualesquiera otras obras y elementos de similar naturaleza que contribuyan a la eficaz adecuación de la vivienda a las necesidades de la persona solicitante.
    4. REQUISITOS A CUMPLIR POR LA PERSONA SOLICITANTE
    Cumplir alguna de las siguientes condiciones:
    1º) Ser titular de la Tarjeta Andalucía-Junta sesentaycinco o haberla solicitado antes de pedir la ayuda.
    2º) Tener reconocido un grado de discapacidad de, al menos, el 40% y movilidad reducida.
    3º) Tener reconocido un Grado de gran dependencia (Grado III).
    - Los ingresos de la unidad familiar de la persona solicitante no podrán superar 2,5 veces el IPREM
    - Residir de forma habitual y permanente en la vivienda objeto de la actuación.
    5. CUANTÍA DE LAS AYUDAS
    - A los efectos del cálculo de la subvención, el presupuesto protegible tendrá un límite total y máximo de dos mil euros (2.000 €), siendo la subvención máxima el 70% del mismo (1.400 €). En caso de que fuesen preceptivos los gastos en concepto de asistencia técnica, éstos podrán incrementar el presupuesto protegible con un límite máximo de seiscientos euros (600 €).
    6. ¿POR QUÉ MEDIO SE REALIZARÁN LAS NOTIFICACIONES?
    - Los actos administrativos de requerimiento de subsanación, audiencia y resolución del procedimiento, se publicarán en la web de la Consejería de Fomento y Vivienda:
    www.juntadeandalucia.es/fomentoyvivienda
    7. LUGAR DE PRESENTACIÓN:
    - En el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía a través de la Oficina Virtual de la Consejería de Fomento y Vivienda: www.juntadeandalucia.es/fomentoyvivienda.
    - En los lugares y registros previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Básico y 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
    8. PLAZO PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Del 11 de mayo al 10 de julio de 2018
    Más información: web de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía Delegación Territorial de Fomento y Vivienda de Málaga: www.juntadeandalucia.es/fomentoyvivienda y en la sede de la Delegación en Plaza de San Juan de la Cruz, 2, Málaga.





    Adjuntos: