• 2020-05-29 10:36:03
    Info General

    D. JOSE ANTONIO VÍQUEZ RUIZ, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Yunquera (Málaga), en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, HACE SABER:


    ANTE LAS INNUMERABLES QUEJAS DE VECINOS QUE PADECEN DÍA A DÍA EL PROBLEMA DE LOS EXCREMENTOS DE PERROS EN LAS VÍAS PÚBLICAS, ES NECESARIO RECORDAR A SUS PROPIETARIOS LA RESPONSABILIDAD QUE TIENEN PARA CON ESTOS ANIMALES Y PARA LOS VECINOS DEL MUNICIPIO.

    LOS EXCREMENTOS CANINOS DEPOSITADOS EN LA VÍA PÚBLICA CONSTITUYEN UN GRAVE PROBLEMA. SU PRESENCIA EN NUESTRAS CALLES REPRESENTA UN RIESGO IMPORTANTE PARA LA INTEGRIDAD FÍSICA DE LOS CIUDADANOS, YA QUE PUEDEN OCASIONAR DESLIZAMIENTOS Y CAÍDAS, CONSTITUYENDO ADEMÁS UN PELIGRO POTENCIAL DE CONTAGIO DE ENFERMEDADES GRAVES, ESPECIALMENTE PARA LOS MÁS PEQUEÑOS QUE, EN SUS JUEGOS, ENTRAN FÁCILMENTE EN CONTACTO CON LOS PAVIMENTOS DE LAS CALLES, PLAZAS Y PARQUES.

    POR ELLO, SE REQUIERE A LOS PROPIETARIOS DE ANIMALES QUE DEBEN DE RECOGER LOS EXCREMENTOS EN VÍAS Y ESPACIOS PÚBLICOS.

    LA NO RECOGIDA INMEDIATA DE ESTOS EXCREMENTOS SE SANCIONARÁ CON MULTA DE 10,00 A 150,00 €, DE ACUERDO CON LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA LIMPIEZA PÚBLICA DE YUNQUERA.

    LO QUE SE HACE PÚBLICO PARA GENERAL CONOCIMIENTO.





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