• 2021-01-15 10:07:23
    Info General

    El Ayuntamiento de Yunquera informa que la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del territorio publican dos tipos de ayudas para la rehabilitación de edificios y viviendas.

    Estas líneas de ayudas son las siguientes:

     

    Adecuación funcional básica de viviendas.

    Características Generales

    Mediante este programa de ayudas se podrá contribuir a financiar obras y en su caso asistencias técnicas, para mejorar la seguridad y la adecuación funcional de las viviendas habituales a las necesidades especiales de las personas mayores, o de las personas con discapacidad y movilidad reducida o grandes dependientes.

    A quién va dirigido

    • Las personas mayores de sesenta y cinco años
    • Las personas que tengan reconocido, al menos el 40% de grado de discapacidad y movilidad reducida
    • Las personas que tengan reconocido un grado de Gran Dependencia (Grado III)

    Si deseas conocer más información sobre los requisitos, cuantía, plazo de ejecución haz clic en los siguientes enlaces:

    Rehabilitación básica de Viviendas.

    Características Generales

    Las subvenciones para la rehabilitación de edificios tienen por objeto el fomento de la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva, contribuyendo a financiar la ejecución de obras para la conservación, mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad, así como de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad.

    Requisitos de los edificios

    Para solicitar estas ayudas, los edificios deberán cumplir los siguientes requisitos:

    • El 50% de las viviendas deben ser domicilio habitual y permanente.
    • No pueden estar calificados urbanísticamente como fuera de ordenación.
    • El 70% de la superficie construida sobre rasante debe tener uso residencial.
    • Tienen que estar finalizados antes de 1996, salvo excepciones.
    • Tienen que presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención o alcanzarla con ésta.
    • Contar con el acuerdo de la comunidad de propietarios.
    • Disponer de informe técnico que acredite los requisitos y la necesidad de acometer las obras, con fecha anterior a la solicitud de la subvención.

    Si deseas conocer más información sobre los requisitos, cuantía, plazo de ejecución haz clic en el siguiente enlace:



    Adjuntos: