• 2023-05-19 09:42:01
    Info General


    CULTIVOS HERBÁCEOS.

    En las parcelas agrícolas que se siembren con cultivos herbáceos de invierno, tanto secano como regadío, no se labrará el suelo con volteo ni se realizará laboreo vertical, entre la fecha de recolección de la cosecha (rastrojeras) y el 1 de septiembre, fecha que se establece como referencia del inicio de la presiembra.

    ·         Se permite el pastoreo tras la cosecha.

     

    TIERRAS DE BARBECHO.

     (No se realizarán tratamientos agrícolas sobre los barbechos entre el 1 de abril y el 30 de junio)

    ·         Permitido:

    -       Prácticas tradicionales de manejo del suelo, entendidas éstas como el conjunto de labores verticales (cultivador, chisel, grada, etc.) preferentemente, combinadas con labores horizontales de volteo (vertedera o discos)

    -       Prácticas de mínimo laboreo.

    -       Mantenimiento de una cubierta adecuada del suelo.

    -       Permitido el pastoreo.  

     

    Prohibición de convertir o arar los pastos permanentes declarados como pastos permanentes sensibles desde el punto de vista medioambiental en los espacios de la Red Natura 2000.

     

    PASTOREO EN FRANJAS DE PROTECCIÓN EN LAS MÁRGENES DE LOS RÍOS.

    ·         Se permite pastoreo y siega en franjas de protección de al menos 5 metros de ancho, a lo largo de los cursos de agua, así como de los embalses, lagos y lagunas. En estas franjas se mantendrá una cubierta vegetal que podrá ser sembrada o espontánea, que será distinguible de la tierra agrícola contigua.

     

     

    ECORÉGIMEN P5.

    Aquellos agricultores que se haya acogido al ECORÉGIMEN P5 con la opción de:

    ·         Tierras de barbecho de biodiversidad: no se puede pastar durante un periodo consecutivo de 6 meses establecido entre el 1 de enero y 30 de septiembre. (Igual que el barbecho SIE del periodo anterior)

    ·         Zona de no cosechado de cereal/oleaginosa: se tiene que mantener en el terreno hasta el 1 de septiembre (no se puede pastar hasta el 1 de septiembre).

     

    SITUACION EXCEPCIONAL DE SEQUIA: APROVECHAMIENTO EN VERDE CULTIVOS HERBACEOS

    EXCEPCIÓN DE LA ACTIVIDAD DE SIEGA O PASTOREO EN LOS CULTIVOS QUE NO PUEDEN FINALIZAR SU CICLO PRODUCCTIVO COMO CONSECUENCIA DE LA EXTREMA SEQUÍA:

    ü  SE PERMITE APROVECHAMIENTO EN VERDE DE AQUELLAS PARCELAS DE CULTIVOS HERBÁCEOS EXTENSIVOS QUE NO TIENEN VIABILIDAD PARA LA PRODUCCIÓN DE GRANO

    Debido al desarrollo insuficiente de los cultivos, se permiten las siguientes excepciones:

    ·         Se permite el pastoreo o siega de los cultivos que se han implantado y que no van a llegar a finalizar su ciclo vegetativo como consecuencia de la sequía, sin que tengan incidencias para poder percibir la ayuda básica a renta y las ayudas asociadas.

    ·         No podrán acogerse a esta excepción aquellas superficies de cereales y oleaginosas que se hayan acogido al eco-régimen de “Biodiversidad” como ZONAS DE NO COSECHADO.

    ·         Se permite el pastoreo o siega de los cultivos que se han implantado y que no van a llegar a finalizar su ciclo vegetativo de las superficies de especies mejorantes y leguminosas destinadas a cumplir con el porcentaje necesario del eco-régimen de “Rotación”. (Sin incidencia en la ayuda asociada).

    Para ello los beneficiarios deben realizar fotos georreferenciadas, subiéndolas a su solicitud (si se encuentra abierta) o a su expediente (si lo tiene ya registrado), en los recintos en los que deseen acogerse a la excepción, de la situación actual del estado de los cultivos, así como de la actividad que ejerza (pastoreo o siega).

     

    EN EL CASO DE QUE LOS CULTIVOS ESTÉN ASEGURADOS

    Se permite el aprovechamiento en verde de aquellas parcelas de cultivos herbáceos extensivos que no tienen viabilidad para la producción de grano previa comunicación a Agroseguro y esperar a la valoración por su parte.

    El procedimiento a seguir en estos casos:

    1. Enviar la declaración de siniestro tan pronto como sea posible.

    2. Comunicar a la Dirección Territorial de Agroseguro su intención de realizar la siega en verde.

    3. Una vez recibido el siniestro, se adelantará la tasación de estas parcelas y el perito se personará en la explotación lo antes posible para llevar a cabo la valoración de producción de forraje.


    Adjuntos: