• 2020-03-17 10:34:25
    Info General

    El Ayuntamiento de Alajeró
    INFORMA:

    El Gobierno de España ha aprobado un decreto ley en el que se detallan las medidas tomadas por el ESTADO DE ALARMA.

    Ante las restricciones impuestas a la ciudadanía, pueden surgir dudas sobre qué se puede hacer y qué no.
    Desde el Ayuntamiento de Alajeró, te aclaramos las principales dudas.

    ¿Puedo salir a la calle?

    La recomendación general es quedarse en casa. Solo se puede salir de uno en uno, a no ser que sea para acompañar a alguien con discapacidad o problemas de movilidad en los siguientes supuestos:
    - Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
    - Asistencia a centros sanitarios.
    - Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
    - Retorno al lugar de residencia habitual.
    - Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
    - Desplazamiento a entidades financieras
    - Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
    - Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.

    ¿Puedo usar el coche?

    Se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras.

    ¿Puedo salir a correr o hacer deporte?

    No, tampoco. No entra en uno de los supuestos justificados para salir a la calle.

    ¿Estarán abiertas las tiendas de alimentos, supermercados y similares?

    Sí, como servicio esencial.

    ¿Qué otros establecimientos que pueden están abiertos?

    Alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad
    Farmacia, Centro Médico de Playa de Santiago y Consultorio de Alajeró
    Gasolinera de la Junta
    Comercio por internet, telefónico o correspondencia
    También pueden permanecer abiertos los quioscos de prensa.

    ¿Los suministros a tiendas de alimentos y supermercados están asegurados?

    Sí, la distribución alimentaria está considerada un servicio esencial y se coordina con las plataformas de distribución la llegada de productos básicos.

    ¿Qué normas hay que seguir para hacer la compra?

    Evitar aglomeraciones y mantener un metro de distancia entre personas. Además se prohíbe consumir alimentos en las tiendas.
    La permanencia en los establecimientos comerciales cuya apertura esté
    permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan
    realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad.

    ¿Puedo quedar con gente en la calle?

    No. El decreto recomienda salir a la calle de uno en uno, a no ser que sea para acompañar a alguien que lo necesite, por lo que no se puede quedar para socializar en la calle.

    ¿Puedo llevar a los niños al parque?

    No. Se recomienda que los niños permanezcan en casa. De hecho, no se autoriza el uso de Parques Infantiles y Parques Bio saludables.

    ¿Puedo ir a ver a mi familiar / amigo / vecino a su casa?

    No. Se recomienda no salir de casa tampoco para ir a visitar a amigos, ya que de esta forma se propagaría el virus y no es un supuesto que entre dentro de las excepciones de movilidad.
    Pero no dejes por favor de hablar con tus seres queridos por teléfono, redes sociales, mensajes o videollamada.

    ¿Puedo visitar a mis familiares dependientes?

    Sí, para garantizar la atención que necesiten. Este es uno de los supuestos en el que se pueden realizar visitas domiciliarias.

    Soy persona dependiente. ¿La persona que me asiste podrá venir?

    Sí, forma parte de los servicios esenciales que se permiten.

    ¿Puedo sacar a pasear a mi perro?

    Sí, manteniendo las distancias y medidas de protección y seguridad.
    Sacar a la calle a los animales domésticos es una de las excepciones a la restricción de uso del espacio público.
    Eso sí, desde el Gobierno instan a "utilizar el sentido común", sacar a pasear a las mascotas de forma individual y que esto no se utilice como una forma de paseo.

    ¿Puedo ir a bares y restaurantes?

    Están cerrados.

    ¿Puedo ir a los centros culturales del municipio?

    Están cerrados.

    ¿A campos de fútbol y canchas polideportivas? ¿Puedo ir?

    Están cerrados.

    ¿Puedo ir a misa?

    Las Iglesias están cerradas.

    ¿Se puede asistir a un velatorio?
    conforme al decreto en el caso de los tanatorios del municipio de Alajeró se limita el aforo a 20 personas dentro de las instalaciones.
    Recordamos que en los cementerios municipales el aforo es limitando a 20 personas.

    ¿Las tiendas en general pueden abrir?

    No. Todos los establecimientos considerados no esenciales se cierran.

    ¿Puedo comprar comida online?

    El decreto permite el envío de comida a domicilio y no restringe el comercio online, telefónico ni los envíos postales.

    Tengo una cita médica. ¿Puedo ir? Si, consulte si no ha sido anulada.

    Recordamos que también se ha procedido al cierre de las Áreas Recreativas de El Paso y La Junta.

    El Ayuntamiento de Alajeró mantiene operativos todos los servicios municipales y las oficinas municipales atenderán al público conforme al nuevo decreto de ESTADO DE ALARMA. No obstante, se pide a la ciudadanía evitar al máximo posible acudir a las dependencias municipales, estando operativos los teléfonos para atender cualquier trámite.

    Teléfonos:

    Ayuntamiento de Alajeró: 922 895 155
    Oficina Municipal de Playa de Santiago: 922 895 085

    Recomendamos seguir la información a través de los medios oficiales y no enviar información no contrastada.