• 2020-05-08 18:25:00
    Info General

    IMPORTANTE:
    SOLICITUDES
    1. El plazo para presentar solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de las presentes normas. Solo se podrá presentar una solicitud por cada solicitante.
    2. La presentación de solicitudes y, en su caso, la documentación que debe acompañarlas, se realizará exclusivamente por medios electrónicos,
    3. La solicitud deberá ser firmada por la persona trabajadora autónoma o por su representante legal, o por el representante legal de la pyme.
    4. De conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se tramitarán y resolverán siguiendo el orden riguroso de incoación, en función de la fecha de su presentación.

    Para cualquier duda en la presentación de las solicitudes en la Comunidad de Madrid por medios electrónicos podéis contactar con el Ayuntamiento en su horario habitual en el teléfono 918691479.





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