• 2020-10-29 11:52:04
    Cultura

    -Entrada en vigor 00:00 horas del 30 de octubre y mantendrá su eficacia mientras esté declarado el estado de alarma.
    -Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, entre las 00:00 y las 6:00 horas.
    -Limitación de la entrada y salida en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
    -La permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, así como en espacios de uso privado, quedará condicionada a que no se supere el número máximo de seis
    personas, salvo que se trate de convivientes.
    -Limitación a la permanencia de personas en lugares de culto. En espacios cerrados mediante la fijación del 40% de aforo.




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