• 2020-03-15 00:46:01
    Info General

    El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de las autoridades
    competentes en el estado de alarma será sancionado con arreglo a las leyes,
    en los términos establecidos en el artículo diez de la Ley Orgánica 4/1981, de
    1 de junio




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