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PERROS2025-09-16 09:31:18Info General
Se recuerda a todos los/las propietarios/as de perros, que el Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria de 23 de Junio de 2021, acordó las siguientes NORMAS que se han de cumplir por todos:
- En los espacios públicos, la presencia y circulación de los perros deberá ser siempre vigilada y controlada por el titular de los mismos.
- Queda terminante prohibido soltar los perros para que hagan sus necesidades orgánicas en las vías públicas y jardines; si por cualquier causa esto no se cumpliese, esta persona retirará las defecaciones a un lugar no molesto para el transeúnte.
- Ningún perro puede estar suelto en la vía pública: será obligatorio la utilización de correa o cadena con la debida longitud y bozal en caso de raza peligrosa.
- Deberá estar identificados electrónicamente y censarlos en el Ayuntamiento( REGISTRO CANINO MUNICIPAL), cumplir las demás obligaciones establecidas en la LEY 5/2002, de 23 de Mayo, de Protección de los Animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Los perros catalogados como raza peligrosa, deberán cumplir la Ley 50/1999 de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, para hacerla compatible con la seguridad de personas y bienes y de otros animales.