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AYUDAS PARA LA LUCHA CONTRA LA DESPOBLACIÓN - PLAN DE ACCIÓN “YO RE-PUEBLO”2026-01-12 11:12:05Info General
Con fecha 24 de diciembre de 2025 la Junta de Extremadura ha publicado el DECRETO 178/2025, de 9 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a financiar medidas para la lucha contra la despoblación en los núcleos de población de zonas rurales con especiales dificultades demográficas dentro del Plan de Acción "Yo Re-pueblo" y el Fondo de Cohesión Territorial y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas
https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/2470o/25040300.pdf
LÍNEA 1. AYUDAS AL RELEVO EMPRESARIAL. PARA EL APOYO A EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS EN MATERIA DE RELEVO EMPRESARIAL.
LÍNEA 5. AYUDA PARA LA ACTIVACIÓN SOCIAL.
Resumiendo:
- Va dirigido a poblaciones menores de 3000 habitantes
- Líneas y Gastos Subvencionables y Cuantía Máxima de la Ayuda
LÍNEA 1. AYUDAS AL RELEVO EMPRESARIAL. PARA EL APOYO A EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS EN MATERIA DE RELEVO EMPRESARIAL.
- La finalidad de estas ayudas es financiar los gastos derivados del traspaso del negocio y las mejoras iniciales para asegurar la viabilidad de este, a empresarios o personas autónomas que asuman la explotación de negocios existentes viables cuyo propietario inicial, esté en proceso de jubilación o liquidación. Se subvencionará el traspaso siempre que:
— A efecto de este decreto se considera relevo empresarial, la transmisión del negocio porparte de la persona titular del mismo a una o varias, en cualquiera de los regímenes legalmente establecidos, siempre que suponga la continuidad de la actividad, que de otra forma hubiese cesado y que los motivos de la transmisión sean por incapacidad permanente, en sus grados de total, absoluta o gran invalidez, por jubilación, por fallecimiento o por cese por cuidado de familiares dependientes hasta 2º grado, de la persona autónoma titular del negocio, y no hayan transcurrido más de doce meses entre la baja en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y en el IAE de dicho titular y el alta en dicho régimen de la Seguridad Social y en el IAE, de quien adquiera la empresa y que se trate de la misma actividad.
- Gastos subvencionables: - Adquisición y traspaso del negocio.— La ampliación, mejora y modernización del edificio de la empresa existente. — La maquinaria y equipamiento para la modernización y viabilidad de la empresa tras el relevo - — Alquiler durante 6 meses o compra del local donde se ubique el negocio. — Alquiler durante 6 meses o compra de vivienda para la persona empresaria en el lugar donde se ubique el negocio
- Cuantía Máxima Ayuda: Para población entre 1000 y 3000 habitantes: 15000 euros
LÍNEA 5. AYUDA PARA LA ACTIVACIÓN SOCIAL.
La finalidad de estas ayudas será, la financiación de proyectos piloto de asociaciones y fundaciones, cuya principal actividad sea la lucha contra la despoblación, el desarrollo rural y trabajen activamente en zonas escasamente pobladas y con especiales dificultades demográficas.
Serán subvencionables los siguientes tipos de proyectos:
— Proyectos de igualdad de género en el ámbito rural.
— Proyectos de dinamización social.
— Proyectos de dinamización intergeneracional.
— Proyectos de digitalización de servicios municipales, educativos, sanitarios o de dependencia.
— Proyectos de mejora de la accesibilidad.
— Proyectos de comercio y nómadas digitales.
— Proyectos de atracción de población y nuevos residentes.
— Proyectos de disponibilidad de vivienda rural.
— Proyectos de visibilización positiva del mundo rural.
— Proyectos sociales relativos a discapacidad, desempleo o sostenibilidad ambiental.
- Gastos Subvencionables — Los gastos derivados de la ejecución del proyecto previamente presentado por la entidad solicitante, incluyendo los gastos materiales, de personal y gastos corrientes, derivados de su ejecución e implantación.
- Subvención Máxima: 10000 euros
Plazo de presentación: Hasta el 26 de febrero de 2026