• 2026-05-13 20:37:13
    Info General

    BANDO MUNICIPAL - LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE SOLARES

    DÑA. ELENA FERNÁNDEZ CASTRO, ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE ALMENDROS, HACE SABER:

    Que informada esta Alcaldía sobre los problemas que generan todos los años diversos solares del Municipio al presentar abundante vegetación y vertidos de residuos, tienen consecuencias negativas para la salubridad y el medio ambiente, afectan al ornato
    público y en casos extremos, suponen riesgo de incendio.
    Resultando que la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, atribuye competencias a los municipios en materias de protección del medio ambiente y de la salubridad pública, así como en lo referente a protección civil y prevención de incendios.
    Teniendo en cuenta que la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha expresa que el  contenido legal del derecho de propiedad está formado, entre otros, por el deber de mantenerlo en las condiciones
    precisas para evitar riesgos para la seguridad y salud públicas, evitar daños o perjuicios a terceros o al interés general.
    Existe el deber de los propietarios de mantenerlos solares en las debidas condiciones de higiene, seguridad, salubridad y ornato público, conforme a la Ley del Suelo y demás normas urbanísticas.
    En virtud de las atribuciones que me confiere el Art. 21.1 e) de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, DISPONGO:
    PRIMERO: Requerir a los propietarios de solares urbanos para que, en el plazo máximo de dos meses a partir de la fecha de publicación de este bando, procedan a su desbroce y limpieza y a mantenerlos en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público.
    SEGUNDO: Que se dé la mayor divulgación al presente bando, para conocimiento general de la población, en el tablón de anuncios y sitios de costumbre de la ciudad, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento, tablón de anuncios del Ayuntamiento y medios de comunicación de masas para conocimiento del pueblo.
    TERCERO: Que se tenga en cuenta que en el caso de incumplimiento por parte de los titulares de los solares, el Ayuntamiento, previo trámite de las correspondientes órdenes de ejecución subsidiaria, procederá a acondicionar los terrenos que así lo precisen, con imposición de los gastos de ejecución a cargo de sus propietarios y con independencia del trámite de los expedientes sancionadores que fueran oportunos.