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BANDO MUNICIPAL FIESTAS 20262026-09-03 20:27:46Fiestas
D. JUAN ANGEL MARTÍNEZ GONZALEZ, ALCALDE –PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE AÝNA,
Para el general conocimiento y conforme a la Ordenanza Reguladora de los espacios públicos de Aýna para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana y el civismo aprobada el día 8 de octubre de 2018.
HACE SABER
A toda la población de nuestro municipio y visitantes durante la celebración de las próximas fiestas patronales del 3 al 8 de Septiembre, y especialmente a los miembros de las peñas que se ubican a lo largo del casco urbano, que debemos RECORDAR que es compatible la diversión con el derecho al descanso, respetando a los demás, sin molestar más allá de lo necesario, entendiendo que en fiestas hay que ser un poco más tolerantes, y respetando unos mínimos de convivencia, y sobre todo cuando afecta a vecinos mayores y/o enfermos.
Por molestias se entiende tanto ruidos que superan niveles acústicos normales, y cuyos máximos son regulados por la normativa de aplicación, así como incumplimiento de condiciones de salubridad y seguridad en los lugares de reunión en la vía pública e inmediaciones de las sedes de las peñas.
A tal efecto, desde esta alcaldía se establecen las siguientes normas:
PRIMERA. - Se recuerda que la normativa PROHÍBE la venta, expedición y consumo de bebidas alcohólicas a menores.
SEGUNDA. – Deberá mantenerse limpia la vía pública en la zona de la Peña, debiendo disponer recipientes para depositar los residuos y retirarlos diariamente.
TERCERA. – Los aparatos de megafonía, y en general todos los aparatos susceptibles de producir ruidos dejarán de funcionar a las 3:00 horas de la madrugada hasta las 9.00 horas, y no se permitirá la ubicación de los mismos o cualquier otro que produzca altos niveles de ruido en el exterior de los locales, debiendo cesar la actividad musical que pudieran organizar las peñas a partir de dicha hora.
CUARTA. – Será responsabilidad de los usuarios de las peñas que causan posibles perturbaciones o incumplimientos a estas normas, o en su defecto, los titulares del inmueble sede de la peña, y en caso de tratarse de menores de edad, serán responsables subsidiarios sus padres/madres o tutores.
QUINTA – Por Agentes de la Autoridad se vigilará dicho cumplimiento y se adoptarán las medidas que resulten necesarias para asegurar el cumplimiento de lo establecido en este Bando o en la Normativa vigente. Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento.
En Aýna a 3 de septiembre de 2026
El Alcalde-Presidente de Aýna