• 2020-03-15 11:03:35
    Info General

    El Consejo de Ministros extraordinario ha aprobado el ESTADO DE ALARMA con las siguientes medidas para hacer frente al CORONAVIRUS. Afectara a todo el Estado Español durante 15 días.
    SOLO PODRÁN CIRCULAR POR LAS VÍAS PUBLICAS PARA:
    - Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
    - Asistencias al Centro de Salud.
    - Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
    - Retorno al lugar de residencia habitual.
    - Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas vulnerables.
    - Desplazamiento a entidades financieras.
    - Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
    - Cualquier otra actividad análoga de naturaleza justificada.
    Deberán respetarse siempre las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias




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