• 2022-04-20 15:10:32
    Info General

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    El alcalde de Barruelo de Santullán agradece a todos los que donaron, repartieron y confeccionaron mascarillas durante los peores momentos de la pandemia

    Cristian Delgado ha lanzado un mensaje en el día en el que el Boletín Oficial del Estado publica el fin de las mascarillas en interiores.

    Cristian Delgado ha querido lanzar un mensaje de agradecimiento “a las mujeres que confeccionaron mascarillas con el material que tenían, a los voluntarios que nos ayudaban a repartirlas, a todos aquellos que donaron equipos de protección, a Cruz Roja, Guardia Civil, y en definitiva a todos los que estuvieron en primera línea, en los peores momentos de la crisis sanitaria”.

    Para el alcalde de Barruelo de Santullán “hoy es un día en el que echo la vista atrás y me siento muy orgulloso del trabajo realizado por todo el municipio, cuando no teníamos herramientas contra la COVID-19, y donde fuimos capaces, conjuntamente de proteger a los más vulnerables”.

    El regidor asegura que “desde hoy recuperamos parte de nuestra vida anterior, pero quiero que mis palabras sean también de alerta puesto que el virus sigue entre nosotros, y debemos seguir protegiéndonos”.

    Pese a todo, la orden publicada hoy en el BOE recoge que las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:

    a) En los centros, servicios y establecimientos sanitarios según lo establecido en el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, por parte de las personas trabajadoras, de los visitantes y de los pacientes con excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación.

    b) En los centros sociosanitarios, los trabajadores y los visitantes cuando estén en zonas compartidas.

    c) En los medios de transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros. En los espacios cerrados de buques y

     

    embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos por núcleos de convivientes.

    2. La obligación contenida en el apartado anterior no será exigible en los siguientes supuestos:

    a) A las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.