• 2020-03-30 11:24:46
    Info General

    Según la Orden publicada hoy lunes 30 de Marzo de 2020 en el BOE, se establecen medidas excepcionales en relación con los velatorios y ceremonias fúnebres para limitar la propagación y contagio por el COID-19, en la que se establece lo siguiente, hasta la finalización de la declaración del estado de alarma:
    - Se aplica a todos los fallecimientos que se produzcan en España durante la vigencia del estado de alarma.
    - se prohiben velatorios en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, así como en los domicilios particulares.
    - La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida de cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de tres familiares o allegados.
    - Se pospondrá la celebración de cultos religiosos o ceremonias civiles fúnebres hasta la finalización del estado de alarma, sin perjuicio de la posibilidad prevista en el artículo Quinto de dicha Orden.