• 2020-07-01 09:45:29
    Info General

    Desde la Agencia de Empleo y Desarrollo Local del Excmo. Ayuntamiento de Berlanga, les informamos de la publicación de la ORDEN de 26 de junio de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la financiación de préstamos a empresas turísticas para paliar los efectos que está provocando la pandemia del COVID-19, y la convocatoria para la elección de entidades colaboradoras.

    * Artículo 3. Beneficiarios.

    1. Tendrán la condición de beneficiarios las siguientes empresas:
    1.1. Empresas turísticas, en todos sus grupos y categorías, que se indican a continuación, siempre que a la fecha de la declaración del estado de alarma se encuentren ejerciendo la actividad turística objeto de subvención en la Comunidad Autónoma de Extremadura y que se encuentren inscritas en el Registro General de Empresas y Actividades Turísticas de Extremadura con al menos cinco años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud de subvención:
    a) Casas rurales: casa rural, casa-apartamento rural y casa-chozo.
    b) Hoteles rurales.
    c) Empresas de intermediación turística: agencias de viajes, centrales de reservas y organizadores profesionales de congresos.
    d) Empresas de actividades turísticas alternativas.
    e) Alojamientos turísticos hoteleros: hoteles, hoteles-apartamentos, hotel balneario, hostales y pensiones.
    f) Alojamientos turísticos extrahoteleros: apartamentos turísticos, albergues turísticos y campamentos de turismo.
    g) Restaurantes, cafeterías, bares, empresas de catering y salones de banquetes.
    1.2. Balnearios ubicados en Extremadura.

    *Artículo 4. Actividad subvencionable.
    La actividad subvencionable consistirá en la subsidiación total de los intereses generados por préstamos formalizados por las empresas turísticas para mantener y asegurar el empleo y reducir los efectos negativos del COVID-19.

    MÁS INFORMACIÓN.- AGENCIA DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL