• 2021-11-26 09:35:47
    Info General

    Ayudas de impulso de la internacionalización y 

    transformación digital de la empresa extremeña 

    exportadora



    El Decreto 89/2021, de 21 de julio, establece las bases reguladoras de las ayudas de impulso de la internacionalización y transformación digital de la empresa extremeña exportadora. Mediante la Resolución de 11 de noviembre de 2021, se publica la convocatoria del ejercicio 2022.
    El plazo de presentación de solicitudes: desde el 26 de noviembre de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2022.
    Modalidades:

    -       Línea de impulso a la internacionalización de la empresa extremeña
    -       Línea de transformación digital de la empresa exportadora (regular)
    • Régimen de concesión

    Régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta.
    • Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en el presente decreto, las personas físicas y jurídicas que tengan la consideración de pequeña y mediana empresa y que ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura. También serán beneficiarios las asociaciones empresariales y los consorcios de exportación, así como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la ayuda y que ejerzan una actividad económica propia en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura. También podrán ser beneficiarios las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas extremeñas.

    Los beneficiarios deberán desarrollar en Extremadura actividades de transformación, de fabricación, de construcción, de instalación, de producción y de servicios, excluidos los de intermediación. Respecto a las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas, las actividades deberán ser de representación.
    • Intensidad de la ayuda

    Con carácter general, las ayudas consistirán en una subvención del 75% de los gastos elegibles. Para los gastos por participación en ferias comerciales internacionales y para los gastos por servicios de consultoría, las ayudas consistirán en una subvención del 50% de los gastos elegibles.

    El importe máximo de ayuda que podrá recibir un mismo beneficiario por convocatoria no podrá exceder de 15.000 euros.
    • Solicitudes

    El plazo de presentación de solicitudes desde el 26 de noviembre de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2022.
    • Plazo de ejecución de las actuaciones

    La fecha límite para la ejecución de las actividades subvencionadas es el 31 de octubre de 2022
    • Plazo de justificación de las actuaciones subvencionadas

    La fecha límite para presentar la documentación justificativa de las actuaciones subvencionadas se indicará individualmente en cada resolución de concesión y en ningún caso será posterior al 15 de noviembre de 2022



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