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LECTURA DEL CONTADOR2025-07-04 23:00:39Info General
HACE SABER:
Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por el Suministro de Agua, aprobada definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de fecha 19 de junio de 2013 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres n.º 125, de 1 de julio de 2013, se va a proceder en los próximos días a la lectura de los contadores de agua, con el fin de actualizar el padrón de usuarios y proceder a la liquidación semestral de la tasa correspondiente.Esta actuación se lleva a cabo conforme a lo previsto en el artículo 29 de la Ordenanza Reguladora del Servicio de Abastecimiento de Agua Potable, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres n.º 36, de fecha 21 de febrero de 2017, que establece:Artículo 29. Lectura del contador.1. La lectura del contador se efectuará por los servicios municipales una vez al semestre, en los meses de enero y junio. El consumo que refleje el contador será anotado en la hoja de lectura del servicio municipal.2. De no ser posible la lectura del contador, se facturará por el mínimo de consumo establecido o la cantidad consumida durante el mismo período del año anterior.La primera lectura que se realice a partir de este momento se documentará mediante fotografía del contador, la cual quedará incorporada al expediente de cada suministro como referencia inicial. No se girarán recibos por consumos anteriores a dicha lectura.