• 2021-02-20 07:19:20
    Sanidad


       EL VICEPRESIDENTE SEGUNDO Y CONSEJERO DE SANIDAD Y POLITICAS SOCIALES, DE LA JUNTA DE EXTREMADURA, NOS PASA LA SIGUIENTE INFORMACIÓN, QUE DADA SU IMPORTANCIA, PUBLICAMOS EN ESTE BANDO Y ANEXO SOBRE INSTRUCCIONES EN ARCHIVO ADJUNTO.




    El pasado 31 de diciembre se publicó en el BOE la Ley 11/2020, de 31 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.

    La Disposición final trigésima quinta modifica el texto refundido de la Ley de Garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, introduciendo modificaciones que afectan a la prestación sanitaria pública, en concreto ampliando la exención farmacéutica a los tres nuevos colectivos que pasan a tener un TSI 001 (0% de aportación farmacéutica)

      1.- Personas menores de edad con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %.: En este grupo, el INSS sólo ha podido dar de alta en el sistema aquellos menores que tiene identificados por ser perceptores de una prestación por este motivo, y que a día de hoy son 950 menores.El resto de menores con discapacidad que se pudieran encuadrar en este grupo de aseguramiento, deberán solicitarlo al INSS, que ha puesto a disposición un modelo de solicitud para ello, el cual se adjunta en anexo.

     2.- Personas perceptoras de la prestación económica de la Seguridad Social por hijo o menor a cargo en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción. Se trata de personas que reciben prestación por hijo en acogimiento familiar o preadoptivo. A fecha de hoy el INSS identificados y cargados en el sistema con el TSI 001, a 4.685 personas (titulares y beneficiarios)

    3.- Los pensionistas de la Seguridad Social, cuya renta anual sea inferior a 5.635 euros consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y los que, en el caso de no estar obligados a presentar dicha declaración, perciban una renta anual inferior a 11.200 euros.»

      Esta actualización de datos ya ha sido realizada de oficio por el INSS y en Extremadura a día de la fecha  según nos indican hay  132.339 personas (pensionistas y beneficiarios)   se están beneficiando de la exención del copago farmacéutico.

    Esta medida no deja de ser el logro de una reivindicación que se ha venido reclamando, y que en los actuales momentos que nos toca vivir por la pandemia de la covid-19, viene a aliviar la ya maltrecha economía que muchas familias sufren.

    Os pido trasladar a la ciudadanía esta situación para que todas aquellas personas que pudiendo encontrarse en estos apartados tengan conocimiento de la exención de aportación farmacéutica.

     También para conocimiento de aquellos padres y/o madres de menores con discapacidad que no tengan reconocido el derecho, puedan solicitarlo al INSS.

                                                Cañamero, 20 de febrero de 2021.

                                                             EL ALCALDE

                                         Fdo. David Peña Morano



    Adjuntos: