• 2020-05-02 11:31:36
    Info General

    Con el fin de garantizar y guardar las medidas sanitarias adecuadas, que creemos necesarias para la lucha contra la propagación del Coronavirus en Cañamero, recomendamos que los vecinos adopten las siguientes medidas:

    PRIMERO.- Los paseos previsto y autorizados legalmente, tanto para los menores de 14 años, como los mayores, cuando discurran por calles y vias públicas del Casco Urbano, se harán por las aceras debiendo seguir el sentido de circulación de la via por la que vayan andando (derecha de ida e izquieda de vuelta), con una separación de dos metros.

    En las vias publicas fuera del casco urbano, caminos y carreteras conforme estipula, el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundidode la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y Su reglamento:

    Caminar por la izquierda, en el sentido de la marcha, por el anden, acera sin invadir o lo menos posible la calzada, de la carretera o Camino.

    Si se va en grupo circular uno detrás de otro, o sea, en fila india, siempre que no permita la anchura de la acera la distancia de dos metros.

    SEGUNDO. En la practica del deporte no profesional, salir a correr, en los mismos terminos del apartado primero anterior, solo que la distancia de separación aproximada debe ser de 10 metros.

    TERCERO. El ejercicio en bicicleta, se debera circular por la derecha del sentido de la via o calle, tanto urbana como fuera del pueblo, siendo la distancia de separación entre uno u otro, recomendada de 20 metros.

    CUARTO. Como Cañamero es un Municipio inferior a 5.000 habitantes, no existe franja horaria, y se puede tracticar deporte, correr, bicicleta en todo el termino municipal de las 6.00 a las 23,00 horas, sin limite de tiempo pero una sola vez al dia, si ha realizado esta actividad deportiva, no puede salir en el mismo dia a pasear.

    QUINTO. Los paseos para mayores de 14 años, estan permitidos, dentro del radio de 1 KM desde la vivienda de residencia o donde este cofinado, pero para mayores maximo dos y siempre que convivan en la misma vivienda.

    Los menores de 14 años, como ya se ha explicado en anteriores bandos.

    POR EL BIEN DE TODOS SE RUEGA RESPETEN ESTAS MEDIDAS DICTADAS, POR LA DIFERENTES ADMINISTRACIONES Y POR ESTE BANDO.

    Cañamero, 2 de mayo de 2020.
    EL ALCALDE

    Fdo. David Peña Morano