• 2025-01-23 17:55:04
    Info General


    1. De manera única y exclusiva, es el ayuntamiento el que cede sus locales para ser utilizados por los vecinos que motiven su petición. 
    2. Las dependencias del ayuntamiento podrán ser cedidas a aquellas  asociaciones que lo soliciten previa presentación de los documentos que acrediten la legalidad de la misma. Art. 22 de la CE. Y expongan el uso que se dará.
    3. Los locales del ayuntamiento, así como zonas comunes del pueblo, son para utilización y disfrute de los vecinos, intentemos utilizarlas con interés y cuidado para que permanezcan en buenas condiciones, sin olvidar que son zonas comunitarias y no privativas.