-
ACLARACION SOBRE LA TASA DE RESIDUOS Y CANON DEL AGUA2025-06-18 13:40:11Info General
NUEVA ACLARACIÓN SOBRE LA TASA DE RESIDUOS Y EL CANON DEL AGUA
Tal como se informó en los bandos publicados el 07/11/2024 y el 21/03/2025, durante este año 2025 han entrado en vigor la nueva Tasa de Residuos y el Canon del Agua.
La Tasa de Residuos responde a la obligación de adecuarnos a las directrices europeas recogidas en la Directiva 2018/851, en consonancia con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular. Esta normativa exige que el coste real del servicio de gestión de residuos sea sufragado íntegramente mediante esta tasa. Se trata de una medida obligatoria a nivel nacional.
Según el punto 3 de la Ordenanza Fiscal correspondiente, esta tasa deberá ser abonada por todas aquellas personas o entidades que ocupen o utilicen viviendas, locales o establecimientos dotados de servicios urbanísticos y ubicados en lugares donde se preste el servicio de recogida de residuos, se haga o no uso efectivo del mismo ( viviendas, cocheras, corrales cubiertos, etc)
Por otro lado, el Canon del Agua fue aprobado por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y su aplicación es obligatoria a nivel autonómico para todos los municipios de la región. Este canon grava a personas físicas, jurídicas o entidades que consuman agua de las redes públicas o privadas de abastecimiento, o que viertan aguas residuales a la red pública de saneamiento o al sistema general de colectores.
Este canon consta de una cuota fija y otra variable, en función del consumo mensual de agua.
Ambas tasas han sido impuestas por organismos superiores y, por tanto, los Ayuntamientos actúan únicamente como intermediarios, sin capacidad de decisión ni posibilidad de eliminación o modificación de las mismas.
Agradecemos su comprensión.