• 2020-03-23 13:32:43
    Cultura

    DECRETO DE LA ALCALDIA

    La situación de emergencia generada por la evolución de coronavirus COVID-19 (SARS-CoV-2), ha llevado al Gobierno a aprobar el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Previamente, el Estado, las CCAA y el Ayuntamiento de CASTILBLANCO, habían dictado diferentes normas para tratar de reducir el avance de los contagios de esta enfermedad.

    Las medidas acordadas por los Gobiernos estatal y autonómicos ante esta situación de emergencia generada por la evolución de coronavirus, tiene una incidencia directa en toda la vida social y por ello urge la necesidad de adoptar en el ámbito de este municipio aquellas medidas acordes con esta situación acorde con los medios de que dispone este Ayuntamiento y paliar en la medida de lo posible las consecuencias que de las citadas situaciones puedan derivarse para la comunidad vecinal.

    Por ello, esta Alcaldía-Presidencia atendiendo a las circunstancias que concurren por la emergencia generada y consciente de su repercusión en el vecindario, considera la necesidad de hacer uso de aquellas atribuciones que le confiere la vigente legislación de régimen local y, en concreto, lo dispuesto en el artículo 21 de su Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en cuanto le atribuye como atribuciones las de dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios municipales y la de adoptar personalmente, y bajo su responsabilidad, en caso de catástrofe o infortunios públicos o grave riesgo de los mismos las medidas necesarias y adecuadas.

    Consecuencia de lo anterior, en concordancia con las normas dictadas al efecto, tanto por el Gobierno de la Nación, como las provinientes de la Junta de Extremadura, así como las recomendaciones al respecto de diversos organismos y entidades, en particular de la FEMPEX, por la presente y uso de las referidas atribuciones,

    DISPONGO

    PRIMERO.- A partir de la fecha del presente Decreto, permanecerán cerradas al público la totalidad de dependencias municipales administrativas, culturales, deportivas, formativas, incluido el Servicio de Información y Atención al Ciudadana del Ayuntamiento. No obstante, los números de teléfono 924654111-679934953-687971855-618544069, estarán disponibles a disposición de los vecinos para comunicar incidencias que requieran una pronta respuesta y/o actuación municipal.
    Se establece también, con carácter general para la plantilla del Ayuntamiento, la implantación de la modalidad de trabajo no presencial o teletrabajo, sin perjuicio de los servicios considerados básico, de modo que el personal adscrito a Servicios Operativos sí trabajará en la calle, en varios turnos, exclusivamente en labores de limpieza y desinfección de espacios públicos, edificios y elementos comunitarios, así como en aquellas urgencias que surjan en materia de suministros, mantenimiento, accidentes y demás intervenciones que requieran actuación de emergencia. En todo caso, el personal municipal deberá permanecer disponible en horario laboral a través de correo electrónico y teléfono y, en la medida de lo posible, continuar con su actividad profesional, quedando disponible para cualquier emergencia o actuación que requiera su intervención inmediata. El cementerio municipal únicamente permanecerá abierto en caso de que sea necesaria la prestación de servicios de enterramiento. Quedan asimismo suspendidas las obras de AEPSA.

    SEGUNDO.- Los Servicios Sociales mantendrán su atención al público en horario habitual de mañanas, mediante atención telefónica al número 609649230, o a través del correo electrónico administración@castilblanco, habida cuenta la necesidad de garantizar los servicios y suministros básicos.
    Por lo que respecta a la ayuda a domicilio, dado el carácter esencial que tiene el mismo en cuanto se presta a personas mayores, las cuales constituyen además, uno de los principales grupos de riesgo, frente al COVID -19, resulta absolutamente imprescindible, garantizar su prestación.
    Precisamente y por ello, podrá alterarse la frecuencia de los servicios atendiendo al carácter esencial o  secundario de los mismos, que en cualquier caso será analizado de manera individualizada por los servicios sociales del Ayuntamiento.

    A los efectos anteriores se facilita como teléfono de asistencia el mismo número 609649230 que permitirá estar en permanente contacto con las personas asistidas, así como para interesar la actuación municipal en orden al aprovisionamiento de alimentos y/o medicinas de los mismos. En todo caso, el Servicio de Ayuda a Domicilio seguirá las prescripciones que se dicten al respecto por la Consejería competente.

    TERCERO.-El Consistorio suspende de manera presencial las sesiones de todos los órganos colegiados, salvo en aquellos casos que resulte imprescindible por razones de urgencia.



    CUARTO.- El Ayuntamiento realizará tareas de seguimiento con familias en riesgo de exclusión para arbitrar, desde los Servicios Sociales, medidas que garanticen su higiene y alimentación, y ejecutará un trabajo de control y seguimiento de personas mayores que vivan solas, al tiempo que se dispondrá como se dispone en el presente de un teléfono de atención y protocolo de intervención.

    QUINTO.- Se suspenden todas las autorizaciones relativas a la ocupación de espacios públicos otorgadas a asociaciones, colectivos, particulares, así como todas las autorizaciones para cesión de espacios cerrados y se inhabilitan las plazas y parques públicos a cualquier actividad de ocio o esparcimiento.

    SEXTO.- Se prioriza la tramitación y pago de facturas, nóminas y ayudas de emergencia para minimizar el impacto económico entre las familias y empresas locales a causa de esta emergencia sanitaria. Asimismo, se recuerda desde el Ayuntamiento que, a instancias de lo aprobado por el Gobierno de España, todos los plazos administrativos (licitaciones, pagos de tasas, licencias e impuestos locales, presentación de documentación…) quedan suspendidos mientras permanezca en vigor el estado de alarma.

    De este Decreto se dará cuenta al Pleno Municipal en la más próxima sesión que celebre, sin perjuicio de su traslado a los miembros de la Corporación y se le dará máxima difusión además de en el tablón de anuncios, mediante su publicación en la web municipal y en los medios de información de mayor difusión en el municipio

    Lo manda y firma la Sra Alcaldesa, en Castilblanco a 23 de marzo de 2020, ante mí, el Secretario/a General, que doy fe





    Adjuntos: