• 2026-06-22 13:35:15
    Info General


    🚨 Se declara situación de alerta por riesgo de incendios forestales para miércoles, 24 de junio de 2026 y jueves, 25 de junio de 2026.

    A continuación se indican las medidas operativas y de prevención que se activan durante este periodo:
    1. Aplicar estado funcional rojo durante todo el día los días miércoles, 24 de junio de 2026 y jueves, 25 de junio de 2026 a todas las cuadrillas de tierra (ROMEO), salvo en aquellas que comiencen su servicio antes de las 12:00 h; en esos casos, el estado funcional rojo se aplicará a partir de las 12:00 h.
    2. Aplicar estado funcional rojo durante todo el día los días miércoles, 24 de junio de 2026 y jueves, 25 de junio de 2026 a todas las unidades de brigada y autobomba (UBA), salvo en aquellas que comiencen su servicio antes de las 12:00 h; en esos casos, el estado funcional rojo se aplicará a partir de las 12:00 h.
    3. Suspender las prácticas combinadas del personal de cuadrillas, autobombas y actividades similares, excepto las asociadas a los cursos básicos obligatorios para personal de nueva incorporación. El resto de actividades formativas y prácticas programadas desde el CDF se podrán efectuar si son compatibles con esta declaración.
    4. Suspender todas las actividades de entrenamiento de medios aéreos y de cuadrillas helitransportadas (ELIF). No emplear medios aéreos en ninguna misión distinta a la extinción y priorizar su despacho automático ante avisos de humo, con preferencia por la actuación simultánea de varios medios aéreos.
    5. Gestionar los medios aéreos en los incendios escalonándolos para evitar, en lo posible, ausencia de recursos durante la extinción.
    6. Mantener las ELIF en máxima disponibilidad y prohibir ejercicios físicos intensos en base.
    7. Aumentar la vigilancia mediante el estado de alerta máxima de puestos de vigilancia, autobombas, cuadrillas, Agentes Medioambientales y Celadores.
    8. Priorizar, en las tácticas de extinción, la celeridad y la contundencia en el primer ataque, sin perjuicio de las medidas elementales de seguridad, para minimizar la extensión de los frentes.
    9. Evitar, en lo posible, que se produzcan bajas en la dotación de autobombas y torres de vigilancia, realizando cambios de turno o sustituciones cuando sean viables.
    10. Los retenes de maquinaria permanecerán en alerta para salida inmediata.
    11. Comunicar a empresas e instituciones, en especial a la Guardia Civil, y a las empresas que ejecutan trabajos forestales contratadas por la Consejería, la situación de mayor riesgo para que extremen las precauciones en la ejecución de sus trabajos. En esta labor colaborarán los Agentes Forestales y Medioambientales durante su servicio de guardia.
    12. Extremar la vigilancia en zonas cercanas al monte donde se esté cosechando; suspender la actividad cuando, simultáneamente, la velocidad del viento supere los 30 km/h y la temperatura supere los 30 ºC.
    13. Extremar la vigilancia en los centros de protección frente a tormentas eléctricas secas, teniendo en cuenta el registro de rayos y el posible rayo latente; realizar reconocimiento aéreo si fuera necesario.

    Se recomienda a la población extremar la precaución en las zonas forestales y seguir en todo momento las indicaciones de los servicios de emergencia y de las autoridades competentes.