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Desbroce y limpieza de solares y terrenos 20252025-07-24 11:36:13Info General
BANDO
Se hace saber:
Que todos los propietarios o titulares de derechos de parcelas, terrenos y solares urbanos, vienen obligados en virtud de lo establecido en art. 8 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de la Comunidad de Castilla y León y de los artículos 14 a 19, del Reglamento de la Ley de Urbanismo de Castilla y León, a mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público.
Entre estas obligaciones se incluyen la limpieza, siega de las hierbas y desbroce de las parcelas y terrenos, así como el mantenimiento de los árboles, QUE DEBERÁN LLEVAR A CABO DE FORMA PERMANENTE a fin de evitar los riesgos posibles, incluido el de incendio con la llegada de la época estival.
Por otra parte, se hace especial hincapié en la incidencia de la proliferación de garrapatas como consecuencia de las condiciones climatológicas, determinadas por el aumento de la vegetación.
Las garrapatas se encuentran en el suelo, normalmente ocultas entre la hierba, los arbustos o matorrales secos, por lo que una de las razones que influyen en su proliferación es el descuido y crecimiento descontrolado de la vegetación y maleza en las parcelas y solares existentes en los núcleos urbanos y zonas periurbanos de nuestras ciudades y pueblos, frecuentemente en estado de abandono; además, hay que tener en cuenta que la eclosión temprana de la primavera y las abundantes lluvias acaecidas en los últimos meses han provocado un aumento de dicha vegetación, en densidad y altura, por lo que se vaticina un verano complicado, siendo la época de mayor afectación de mayo a octubre.
La presencia de garrapatas portadoras del virus de la fiebre hemorrágica de Crimea Congo (FHCC), es una enfermedad vírica que preocupa a la Organización Mundial de la Salud por su elevada tasa de mortalidad, la ausencia de vacunas eficaces y la gran capacidad de transmisión y mutación del virus que la provoca (género Nairovirus, de la familia Bunyaviridae).
Actualmente la FHCC se considera una enfermedad emergente en países de Europa oriental y uno de los virus trasmitidos por garrapatas con mayor extensión a nivel mundial; si bien, no es la única patología que este artrópodo puede causar pues su mordedura es capaz de llegar a transmitir más de 50 enfermedades diferentes a los seres humanos.
Por ello, en aplicación de la legislación antes citada se insta a todos los propietarios para que los mantengan limpios de hierba, maleza y cualquier otro material que pueda elevar el riesgo de propagación de incendio (Leñas, maderas, paja, etc), llevando a cabo, de forma inmediata, los trabajos de siega y limpieza que correspondan, TODO ELLO ANTES DEL DÍA 3 DE AGOSTO DE 2.025, debiendo mantenerlas desbrozadas a lo largo de todo el periodo estival, a fin de evitar los riesgos posibles, especialmente el riesgo de incendio.
Los restos de siega, poda y limpieza de solares y jardines NO PUEDEN ECHARSE A LOS CONTENEDORES DE RESIDUOS URBANOS (Verdes), ni al CONTENEDOR DE VOLUMINOSOS (Blanco).
Así mismo deberán mantener los vallados, evitando y subsanando los derrumbes y vertido de tierras hacia la vía pública.
Se advierte que si llegada la fecha, no se ha procedido a hacer las tareas antes referidas, serán responsables civiles e incluso penalmente, de las consecuencias causadas por cualquier siniestro que pueda producirse, obligando a este Ayuntamiento, a través de su órgano competente, a la imposición de multas coercitivas, hasta que se dé cumplimiento a lo previsto en la ordenanza y en este bando.
Transcurrido el plazo concedido para la ejecución de la actuación ordenada sin haber atendido al requerimiento, y sin perjuicio del uso de la facultad de ejecución forzosa se incoará expediente sancionador por infracción urbanística a efectos, previos los trámites pertinentes, con la imposición de la correspondiente sanción.
El presente bando es una resolución de Alcaldía, contra el que se podrán presentar alegaciones, sin que suspendan sus efectos ejecutivos, en el plazo de diez días naturales, desde su publicación.
Lo que se hace saber para general conocimiento y su cumplimiento en Villafranca de Condado a 24 de julio de 2025.
El Alcalde-Presidente,
SE RECUERDA QUE ANTE EL RIESGO DE INCENDIOS Y LAS CONSECUENCIAS QUE PUEDAN REGISTRARSE, EL RESPONSABLE ES EL PROPIETARIO DEL SOLAR