• 2022-01-20 10:43:51
    Info General

    Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.

    El Bono Alquiler Joven regulado en este real decreto se diseña con una ayuda de 250 euros mensuales para las personas jóvenes de hasta treinta y cinco años incluidos, con objeto de facilitar su emancipación. La unidad de convivencia no podrá tener ingresos superiores a 3 veces el IPREM. La ayuda se concede por un plazo de dos años, es decir se trata de una ayuda total de 6.000 euros repartida en 24 mensualidades, tiempo que puede ser suficiente para dar un impulso decidido a los jóvenes. Esta ayuda es expresamente compatible con la ayuda al alquiler del programa de ayuda a los jóvenes y para contribuir al reto demográfico.

    Se aplican a arrendamientos de hasta 600 euros mensuales si bien, en algunos supuestos y previo acuerdo de la comisión de seguimiento del convenio correspondiente podrá aplicarse a arrendamientos de hasta 900 euros mensuales con la firme voluntad de aproximación a las zonas más tensionadas.

    Gestión del Bono Alquiler Joven.

    1. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana transferirá fondos a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla para atender a la ayuda del Bono Alquiler Joven mediante resoluciones de transferencia de crédito cuya aceptación deberá ser comunicada al referido Ministerio en el plazo que se determine en la propia resolución, salvo que previamente conste tal aceptación.

    2. Corresponde a los órganos competentes de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla la ordenación, instrucción, tramitación y resolución de los procedimientos de concesión y pago de las ayudas del Bono Alquiler Joven, así como la gestión de su abono una vez se haya reconocido por dichas administraciones el derecho de las personas beneficiarias a obtenerlo dentro de las condiciones y límites establecidos en este real decreto.

    Los 13 programas del Plan 2022-2025


    El decreto también incluye el Plan estatal de vivienda 2022-2025, una serie de 13 programas que no solo gestionarán las comunidades autónomas, sino que deberán cofinanciar una parte para poder recibir todos los ingresos estatales. De hecho, son las comunidades las que deberán poner en marcha estas ayudas según su criterio y los fondos recibidos, siguiendo una serie de prioridades.

    Además de las condiciones generales, cada uno de estos programas tiene sus características particulares. Estos son los programas:

    • Subsidiación de préstamos convenidos en planes de vivienda anteriores.

    • Ayuda general al alquiler, sin límite de edad, para unidades de convivencia que ingresen hasta tres veces el IPREM (cuatro o cinco veces en caso de familias numerosas o personas con discapacidad). Los límites de precios de renta también son de 600 para viviendas y 300 para habitaciones, y pueden subir a 900 y 450, como también pueden hacerlo los límites de ingresos, a decisión de las comunidades. Esta ayuda puede ser de hasta el 50% del alquiler y durante un máximo de cinco años.

    • Ayudas para víctimas de trata o violencia machista, personas sin hogar y especialmente vulnerables, que consistirán en el pago de hasta el 100% de alquiler durante hasta cinco años.

    • Ayuda para pagar el alquiler en caso de vulnerabilidad sobrevenida, para ingresos anteriores a menos de cinco veces el IPREM (algo superiores para familias numerosas y personas con discapacidad) que hayan perdido en los dos años anteriores un 20% de su capacidad económica, los ingresos actuales no superen tres veces el IPREM y el alquiler se lleve más del 30%. Las ayudas pueden ser para alquileres de hasta 900 euros y de hasta el 100% de la renta, durante el tiempo que dure la vulnerabilidad y hasta dos años.

    • Para jóvenes en municipios pequeños. Estas son las únicas compatibles con el nuevo bono. Son para alquiler o compra de vivienda en municipios de hasta 10.000 habitantes, para personas de hasta 35 años incluidos, con ingresos de menos de tres veces el IPREM, o 4 o 5 en algunos casos. La ayuda para compra es de hasta 10.800 euros y un 20% del coste y solo se podrán adquirir casas de menos de 120.000 euros. La ayuda de alquiler puede ser del 60% de la renta y hasta cinco años. Si lo compatibiliza con el bono, será del 40% de la diferencia entre esos 250 euros y el alquiler total, sin superar el 75% de todo el coste.

    • Para el incremento del parque público de viviendas, se concederán a las administraciones públicas que compren viviendas destinadas a alquiler de protección oficial. Deberán destinarlas a ese uso durante al menos 50 años y cubrirá hasta el 60% del coste de la vivienda y un extra de hasta 6.000 euros en obras. Eso sí, el alquiler, destinado a personas de bajos ingresos, no podrá ser de más de cinco euros el metro cuadrado, y se revisará con el IPC. Eso significa, por ejemplo, que un piso de 60 metros no puede alquilarse por más de 300 euros.

    • Más viviendas para personas mayores y con discapacidad, que se deberán destinar a esos usos durante al menos 20 años. Las entidades que las gestionen podrán recibir hasta 700 euros el metro cuadrado, nunca más del 50% de los gastos ni de 50.000 euros por vivienda. Y no podrán alquilarlas a más de 10 euros el metro cuadrado, a personas con ingresos inferiores a cinco veces el IPREM.

    • Cohousing o, lo que es lo mismo, ayudas para entidades públicas o asociaciones que promuevan viviendas compartidas y otros modelos similares, como alojamientos temporales. Podrán recibir hasta 420 euros por metro cuadrado, no más del 50% del coste y hasta 50.000 euros por vivienda, que alquilarán a un máximo de ocho euros el metro cuadrado a personas con ingresos inferiores a cinco veces el IPREM.

    • Viviendas de la SAREB para alquiler social, con ayudas para comunidades autónomas o entidades locales para pagar las cesiones, de hasta 150 o 175 euros al mes. El alquiler debe estar destinado a personas con menos de tres veces el IPREM y priorizarán a víctimas de violencia machista o trata, desahucios o personas sin hogar. Los alquileres para esas personas serán de entre 150 y 350 euros al mes.

    • Ayudas para cesión de viviendas para alquiler social o asequible, destinadas a las personas que cedan durante al menos siete años una casa en propiedad para que las comunidades y ayuntamientos la alquilen a un máximo de 400 euros al mes a personas con ingresos inferiores a cinco veces el IPREM. La ayuda consistirá en la mitad de la diferencia entre el alquiler social y el precio de mercado.

    • Mejora de la accesibilidad de viviendas, para propietarios y comunidades de propietarios que hagan obras de mejora, como al instalación de rampas o ascensores, en casas finalizadas antes de 2006. Las ayudas varían según el tipo de mejora.

    • Erradicación de chabolismo e infravivienda, para entidades que se dediquen a la rehabilitación, demolición y realojo en estas zonas. De hasta 5.000 euros al año por unidad de convivencia realojada, o el 80% del coste de la demolición, o de hasta 15.000 euros por una rehabilitación o 50.000 por una construcción nueva, sin sobrepasar el 80% del coste.

    • Ayuda al pago del seguro de alquiler, para quienes alquilen un piso y de hasta el 5% del alquiler anual durante un máximo de un año.