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Explotaciones avícolas de autoconsumo2025-05-02 14:02:37Info General
La Consejería de Agricultura ha acordado la obligatoriedad de dar de alta las explotaciones avícolas de autoconsumo en Castilla La Mancha, requiriendo a los Ayuntamientos que informemos a las personas interesadas en este asunto.
De acuerdo a la tabla del Anexo I del Real Decreto 637/2021 se consideran EXPLOTACIONES DE AUTOCONSUMO las explotaciones de aves de corral con número inferior a 30 gallinas o los equivalentes a 0,15 UGM si hay diferentes aves de corral, y siempre que no se comercialicen sus producciones.
NO ES NECESARIO la autorización del Ayuntamiento, ni inspección, ni informe favorable.
Para solicitar el alta en el registro de una explotación de autoconsumo de aves de corral, deberá presentar:
* Modelo de solicitud de alta en registro que se adjunta al presente.
* Justificante pago tasa de 15,36 €
Si el titular de la explotación es una persona física, se podrá presentar de forma presencial en la Oficina Comarcal Agraria de Talavera de la Reina, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, y opcionalmente de forma telemática con firma electrónica a través de la sede electrónica de la JCCM https://www.jccm.es/tramites/1002004, pudiéndose realizar, también, por medio de las oficinas del presente Ayuntamiento de El Carpio de Tajo.
En caso de que el titular sea una persona jurídica se deberá presentar obligatoriamente de forma telemática a través del enlace de la página de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha indicado.