• 2025-05-30 14:47:08
    Info General


    Se hace saber que toda aquella persona que tenga un solar que no reúna las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público que vienen establecidas en la Ordenanza Reguladora de Limpieza y Vallado de Solares (art. 6 y 10), deberán de proceder a la limpieza y adecuación del mismo a la normativa vigente ANTES DEL DÍA 30 DE JUNIO DE 2025.

    Se debe eliminar la vegetación, restos de escombro o cualquier otro tipo de residuos que se encuentren en el solar con el fin de evitar la presencia de roedores y la posible transmisión de enfermedades.

    El Ayuntamiento podrá actuar de oficio en aquellos solares que incumplan, procediendo a su limpieza y vallado, con posterior cobro al titular de la tasa correspondiente, según Ordenanza Municipal.

     El no cumplimiento del presente bando y la comisión de infracciones a la referida Ordenanza, podrán ser sancionadas, según la legislación vigente, con una multa de 600 a 150.000 euros.

     Lo que se hace público para general conocimiento.



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