• 2026-03-17 11:18:29
    INFO GENERAL

                    Ante las quejas y reclamaciones recibidas en este Ayuntamiento (Debidamente comprobadas) y en aplicación de la Ordenanza Municipal reguladora de los Caminos Públicos de Escurial y para general conocimiento de los vecinos de esta Villa, su Alcalde-Presidente,
                                            HACE SABER
                      En fechas recientes y como consecuencia de las persistentes lluvias que hemos padecido, se han producido desprendimientos y arrastres de piedras, tierras y otros materiales procedentes de fincas privadas colindantes a diversos caminos públicos del término municipal, con la consiguiente ocupación parcial de la calzada y, especialmente, la obstrucción de cunetas, caños y zonas de escorrentía. Estos materiales impiden la correcta evacuación del agua de lluvia, provocan que el agua circule por el firme del camino, generen escorrentías y erosión y, como consecuencia directa, aceleran el deterioro del firme y aumentan el riesgo de accidentes y daños a vehículos y personas.
                         En su consecuencia, por medio del presente Bando se requiere a los propietarios, arrendatarios o cualquier otro titular con facultades de uso y disposición sobre las fincas de las que procedan los desprendimientos o arrastres para que, a la mayor brevedad, procedan a su costa a realizar, de forma completa y efectiva, las siguientes actuaciones en el tramo o puntos afectados:
                      a) Retirada inmediata de piedras, tierras y materiales depositados sobre la calzada del camino público.
                     b) Limpieza y desobstrucción de cunetas, caños, pasos de agua y márgenes, retirando el material que impida o dificulte el drenaje.                 
                    El incumplimiento del presente requerimiento podrá dar lugar a la apertura de los correspondientes expedientes sancionadores por infracción y aplicación del contenido del art. 22  y siguientes de la vigente Ordenanza.