• 2024-07-27 10:02:30
    Info General

    CONCEJO ABIERTO, CONCEPTO Y PREGUNTAS FRECUENTES:

    1- ¿Qué es?
    El régimen de concejo abierto es un sistema de organización municipal en el que pequeños municipios y  entidades de ámbito territorial inferior al municipio, inferiores a 100 habitantes, se rigen por un sistema asambleario ( asamblea de vecinos), que hace las veces de pleno del ayuntamiento.
    En el régimen de concejo abierto, el gobierno y la administración del municipio corresponde a un alcalde y a una Asamblea vecinal que la componen todos los electores.

    2- ¿Quién solicita el cambio de régimen a Concejo Abierto?
    La solicitud para cambiar al régimen de Concejo Abierto debe partir de la mayoría de los vecinos. Es decir, son los propios vecinos quienes deben presentar la iniciativa para establecer este sistema de gobierno local.

    3- Una vez aprobado el cambio a Concejo Abierto, ¿Cuándo entra en vigor?
    Entrará en vigor en las primeras elecciones locales que se celebren.

    4- ¿Quiénes componen la Asamblea Vecinal?
    En el régimen de Concejo Abierto, la Asamblea Vecinal está compuesta por todos los electores del municipio. Es decir, todos los vecinos que tienen derecho a voto forman parte de esta asamblea. Además, el alcalde es elegido directamente por los vecinos de acuerdo con lo dispuesto en la legislación Electoral General.

    5- ¿En qué se asemeja un ayuntamiento “tradicional” al Concejo Abierto?
    Tanto el alcalde como la Asamblea Vecinal tendrán las mismas facultades, prerrogativas y competencias que las leyes atribuyen al Alcalde del Ayuntamiento y al Pleno, respectivamente.

    6- ¿Qué facultades tiene la Asamblea Vecinal?
    La Asamblea Vecinal en el régimen de Concejo Abierto tiene facultades similares a las del Pleno en un Ayuntamiento tradicional. Algunas de estas facultades incluyen:
    a) Aprobación de Acuerdos:
       - La Asamblea Vecinal puede aprobar acuerdos y tomar decisiones sobre asuntos locales.
    b) Control y Fiscalización:
       - Puede supervisar la gestión del alcalde y la Administración Municipal.
    c) Participación Ciudadana:
       - Fomenta la participación activa de los vecinos en la toma de decisiones.
    d) Propuestas y Debates:
       - Los vecinos pueden presentar propuestas y debatir temas relevantes para la comunidad.
    En resumen, la Asamblea Vecinal es un espacio donde los vecinos pueden influir en la gestión municipal y expresar sus opiniones.

    7- ¿Cuántos tenientes de alcalde puede nombrar el alcalde?
    Podrá nombrar hasta un máximo de tres Teniente de Alcalde.

    8- ¿En qué más puede colaborar la Asamblea Vecinal con el alcalde?
    La Asamblea Vecinal podrá acordar constituir una Comisión de apoyo y colaboración al alcalde, la cual quedará integrada por un máximo de tres de sus miembros, en este caso es el alcalde quien los elegirá. También los tenientes de alcalde, si existieran, formarán parte de la Comisión.

    9- ¿Cada cuanto se reúne la Asamblea Vecinal?
    La Asamblea Vecinal celebrará sesiones ordinarias como mínimo una vez al trimestre, y extraordinarias cuando así lo decida el alcalde o lo solicite al menos la cuarta parte de los miembros de la Asamblea Vecinal.
    Por ejemplo, si son 80 vecinos con derecho de voto, tan solo haría falta que lo soliciten 20 vecinos.  

    10- ¿Cuál es el número mínimo de asistentes a la Asamblea para que quede válidamente constituida?
    Para que las Asambleas queden válidamente constituidas, deberán asistir un tercio de sus miembros, presentes o representados, sin que el número de presentes pueda ser inferior a tres, manteniéndose este número durante toda la sesión.
    Por ejemplo, si son 80 vecinos con derecho de voto, con tan solo 27 vecinos que asistan (presentes o representados) ya estaría válidamente constituida.

    11- ¿La Asamblea Vecinal puede destituir al Alcalde?
    Si, mediante una moción de censura que ha de estar firmada por al menos una décima parte de los miembros de la Asamblea. Esto asegura que la moción tenga un respaldo mínimo antes de ser debatida y votada.
    Por ejemplo, si son 80 vecinos con derecho de voto, tan solo haría falta que lo soliciten 8 vecinos.  

    12- ¿Cuántos votos haría falta para que sea aprobada la moción de censura?
    Para que la moción de censura sea aprobada, necesita el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Vecinal. Esto significa que más de la mitad del total de miembros deben votar a favor de la moción.
    Por ejemplo, si son 80 vecinos con derecho de voto, tan solo haría falta que voten a favor unos 41 vecinos.  

    13- ¿Puede ser alcalde un vecino que no esté empadronado en el municipio?
    Si, una persona que no esté empadronada en el municipio podría ser votada por la asamblea vecinal y llegar a ser alcalde en un Concejo Abierto.

    El artículo 29.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local (LBRL), establece que "En el régimen de Concejo Abierto, el gobierno y la administración municipales corresponden a un Alcalde y una Asamblea vecinal de la que forman parte todos los electores". Además, la Junta Electoral Central (JEC) también confirma que la inscripción en el censo o padrón del municipio en el que se presenta la candidatura no es condición necesaria para ser candidato en las elecciones municipales.


    En resumen, no existe una prohibición específica que impida a una persona no empadronada en el municipio ser alcalde en un Concejo Abierto, siempre que cumpla con los requisitos generales para ser candidato.