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NORMAS SOBRE LOS ANIMALES DOMÉSTICOS EN LA VÍA PÚBLICA2025-08-02 09:50:16Info General
Recordatorio de algunas normas existentes referente a los animales domésticos en la vía pública:
- En espacios públicos y privados, de uso común, los animales deben circular acompañados y conducidos mediante cadena o cordón resistente que permita su control.
- Los propietarios, además de llevarlos atados, deben impedir que éstos depositen sus deyecciones en cualquier lugar dedicado al tránsito de peatones. En caso de que queden depositadas en cualquier espacio, tanto público como privado de uso común, la persona que conduzca al animal está obligada a proceder a su limpieza inmediata.
- Los animales irán provistos de bozal cuando sus antecedentes, temperamento o características lo aconsejen, bajo la responsabilidad de su dueño o cuidador.
- En cualquier caso, los propietarios o tenedores de los perros deberán mantener control sobre ellos a fin de evitar tanto las molestias o daños a las personas y a los demás animales, como el deterioro de bienes o instalaciones públicas. Para ello deberán mantener el perro a la vista a una distancia que permita la intervención en caso necesario.
- Los animales potencialmente peligrosos disponen de una normativa específica adicional que les obliga, entre otras cosas, a circular siempre sujetos con una correa de menos de 2 m. de longitud y con un bozal adecuado.
- Queda prohibido el acceso de animales a las áreas de recreo infantil y otras que expresamente se indiquen, así como su baño en fuentes ornamentales, estanques o similares y que beban directamente de grifos o caños de agua de uso público.