• 2024-02-07 10:30:00
    Info General

    ANUNCIO DE BONIFICACIONES EN EL
    IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES 


    Desde el 1 de enero de 2024 están en vigor nuevas bonificaciones aprobadas en la ordenanza fiscal del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), así, entre otras, se contemplan:

    ·        Una bonificación con el 25% en la cuota íntegra del impuesto las edificaciones cuyo uso catastral sea predominantemente residencial en las que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, durante los cinco periodos impositivos siguientes a la solicitud de la bonificación.


    ·        Una bonificación con el 25% en la cuota íntegra del impuesto a favor de los bienes inmuebles en los que se hayan instalado puntos de recarga para vehículos eléctricos, durante los cinco periodos impositivos siguientes a la solicitud de la bonificación.


    Esta bonificación tiene carácter rogado, en consecuencia se concederá, si procede, a solicitud del interesado. La solicitud podrá presentarse en el plazo máximo de tres años desde la finalización de las obras según certificado final y surtirá efectos, en su caso, desde el período impositivo siguiente a aquel en que se solicite.


    La solicitud deberá presentarse junto con la documentación que se indica en la ordenanza fiscal. reguladora del impuesto.


    Ayuntamiento de Garciotum




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