• 2021-01-19 09:00:17
    Info General

    Hoy 19 de enero de 2021, se publica en el Diario Oficial de Castilla la Mancha normativa por la que se establecen medidas de nivel 3, reforzado, en todo el territorio de Castilla La Mancha, para prevenir contagios de COVID-19:

    Decreto 4/2021, de 18 de enero, del Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por el que se modifica el Decreto 66/2020, de 29 de octubre, como autoridad delegada dispuesta por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por la SARS-CoV-2, por el que se determinan medidas específicas en el ámbito del estado de alarma, que:
    • Limita la movilidad en la franja horaria de 22:00 horas a 07:00 horas.
    • Restringe la entrada y salida de todos los municipios a los supuestos exclusivamente previstos en el Real Decreto 926/2020, por el que se declara el estado de alarma.
    Estas limitaciones estarán en vigor mientras no se derogue o modifique el Decreto 4/2021 o pierda la vigencia el Real Decreto 926/2020 que declara el estado de alarma.

    Enlace al Decreto 66/2020: https://docm.castillalamancha.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2021/01/19/pdf/2021_514.pdf&tip...

    Resolución de 18/01/2021, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, para la contención de la expansión del COVID-19 en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, que establece las medidas nivel 3 reforzadas en todo el ámbito de Castilla La Mancha, y que, entre otras establece lo siguiente:
    • Quedan prohibidas las reuniones de un número mayor de 6 personas, en caso de no pertenecer al mismo grupo de convivencia estable y se recomienda limitar al máximo los contactos sociales fuera del grupo de convivencia estable.
    • Se establece un máximo de 6 personas en los velatorios y comitivas fúnebres. (Sin que se puedan intercambiar entre ellas)
    • El cierre de bares, restaurantes, cafeterías, pubs y establecimientos similares, permitiéndose el servicio de reparto a domicilio y recogida de comida elaborada dentro del margen horario permitido de movilidad.
    • El cierre de centros comerciales y locales comerciales de superficie mayor a 300m2, salvo los establecimientos, o áreas situadas en dichos centros, dedicados a la venta de productos de alimentación, higiene y otros productos considerados esenciales.
    • La suspensión de actividades culturales y de ocio
    • El cierre  de gimnasios, saunas y otros recintos para practicar deporte.
    Todas estas medidas se aplicarán durante 10 días desde la fecha de la adopción de esta Resolución, pudiendo prorrogarse en función de la evolución epidemiológica de la enfermedad o adoptarse medidas complementarias.

    Enlace a la Resolución de 18/01: https://docm.castillalamancha.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2021/01/19/pdf/2021_527.pdf&tip...

    Desde el Ayuntamiento de Garciotum lamentamos la pérdida de vidas humanas que esta enfermedad está ocasionando en el mundo entero y rogamos que extremen al máximo las medidas de seguridad, higiene y distanciamiento social por todos conocidas como prevención de posibles contagios.

    Adjuntos: