• 2022-03-20 12:36:00
    Servicios Sociales

    TERMALISMO DE CASTILLALA MANCHA 2022.


    Es un servicio que favorece la promoción de la autonomía personal y la prevención de las situaciones de dependencia mediante una terapia natural, no agresiva y muy beneficiosa para las personas mayores.


    El Programa de Termalismo se lleva a cabo entre los meses de septiembre a diciembre.
    Cada estancia será de 5 días y 5 noches, se realizarán en régimen de pensión completa y comprenderán dese las 12:00 h. del día de llegada hasta las 12:00 h. del día de salida.


    ¿Qué servicios incluye el programa de termalismo?
    a) Alojamiento y manutención en régimen de pensión completa y en habitaciones dobles de uso compartido.
    b) Tratamiento termal que incluirá:
    Reconocimiento médico al comienzo de la estancia en el balneario, para prescripción del tratamiento.
    Cinco días de tratamiento terapéutico básico de hidroterápia adecuado a la patología de cada usuario.
    Seguimiento médico durante la estancia con emisión de un informe final si así se solicita.
    c) Servicios y programas de actividades socioculturales y de ocio ofertados por el balneario.


    Personas beneficiarias y requisitos:
    a) Tener 65 años cumplidos o ser pensionista del sistema de la Seguridad Social, por los conceptos de jubilación, invalidez, viudedad o de otras pensiones, únicamente cuando el beneficiario haya cumplido los 60 años de edad.
    b) Estar empadronado en cualquiera de los municipios de Castilla-La Mancha.
    c) No padecer trastornos mentales graves que puedan alterar la normal convivencia de los establecimientos termales.
    d) No padecer enfermedad infecto-contagiosa.
    e) Poder valerse por sí mismos para las actividades de la vida diaria.
    f) Carecer de contraindicaciones para la recepción de los tratamientos termales.
    g) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.
    h) No encontrarse la persona beneficiaria en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
    i) No estar incurso en las prohibiciones establecidas en la Ley General de Subvenciones.


    El solicitante podrá ir acompañado de su cónyuge o persona con análoga relación de convivencia, siempre que cumplan a su vez con los requisitos citados anteriormente, excepto el del apartado 1.a) de la base tercera de la Orden 44/2017, de 15 de marzo, de la Consejería de Bienestar Social.


    También podrá participar un hijo o hija del solicitante con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, siempre y cuando lo haga sin necesidad de apoyo de tercera persona y pueda desplazarse con autonomía, compartiendo habitación con los padres. Debe asimismo, cumplir los requisitos citados anteriormente, excepto el del apartado 1.a) de la base tercera de la Orden 44/2017.


    Balnearios que se ofrecen, precio de las plazas y forma de pago:


    Balneario "Benito" de Reolid (Albacete) 200,85 €
    Balneario "Cervantes" de Santa Cruz de Mudela (Ciudad Real) 200,85 €
    Balneario "Baños de la Concepción" de Villatoya (Albacete) 200,85 €
    Balneario "Carlos III " de Trillo (Guadalajara) 200,85 €
    Balneario "La Esperanza" de Salobre-Riopar (Albacete) 169,95 €
    Balneario "Tus " de Yeste (Albacete) 169,95 €
    Balneario "Fuencaliente" de Fuencaliente (Ciudad Real) 134,93 €
    Balneario “Las Palmeras” de Villafranca de los Caballeros (Toledo) 134,93 €
    Balneario el "Robledillo", de San Pablo de los Montes (Toledo) 134,93 €

     La persona beneficiaria, abonará directamente al balneario el precio correspondiente a su aportación respecto a la plaza adjudicada. Con anterioridad a su incorporación, ingresará 40,00 euros por plaza en concepto de reserva de la misma, abonando el resto a su ingreso en el establecimiento termal.


    ¿Cuál es el lugar y plazo de presentación de las solicitudes?
    Las solicitudes se presentarán en el modelo normalizado anexo II, por cualquiera de los siguientes medios:
    a) Mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: http://www.jccm.es, debidamente firmado de forma electrónica, que quedará anotado en el registro electrónico.
    Los documentos originales que puedan resultar necesarios para la concesión de la ayuda se digitalizarán y se presentarán como anexos a través de la citada sede electrónica. Para facilitar la tramitación electrónica del expediente, la persona solicitante se dará de alta en la Plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: https://notifica.jccm.es/notifica.
    b) En el registro de los Servicios Centrales de la Consejería competente en materia de servicios sociales o en el de sus Delegaciones Provinciales, así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.


    Plazo de presentación de solicitudes:
    - TURNO 1º (marzo, abril, mayo y junio): hasta el 28 de febrero de 2022
    - TURNO 2º (de julio a diciembre inclusives): hasta el 20 de mayo de 2022.


    Las personas interesadas presentarán una sola solicitud, pudiendo incluir hasta un máximo de tres balnearios por turno.


    Adjuntos: