• 2023-05-04 11:15:00
    Info General

    Resolución de 27/04/2023, de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, por la que se establecen
    limitaciones temporales para disminuir el riesgo de incendios en el medio natural. [2023/3947]

    Prohibiciones y limitaciones que serán de aplicación de manera automática, y de forma temporal, desde la entrada en vigor de la presente resolución, en tanto el IPP de la comunidad autónoma de autónoma de Castilla-La Mancha sea muy alto o extremo:


    a) La prohibición de encender fuego en todo tipo de espacios abiertos en el medio natural.


    b) La suspensión temporal, en tanto se mantenga el referido riesgo, de todas las autorizaciones concedidas de quema de rastrojos, de pastos permanentes, de restos de poda, y de restos selvícolas o cualquier quema de estos.


    c) Prohibir encender fuego en las áreas de descanso de la red de carreteras, así como en zonas recreativas y de acampada, incluidas las zonas habilitadas para ello.

    d) Prohibir la utilización de maquinaria y equipos en los montes y en las áreas rurales situadas en una franja de 400 metros alrededor de aquellos, cuyo funcionamiento genere deflagración, chispas o descargas eléctricas, salvo autorización expresa o resulten necesarias para la extinción de incendios.


    e) Prohibir la introducción y uso de material pirotécnico.


    f) Prohibir arrojar o abandonar objetos en combustión o cualquier clase de material susceptible de originar un incendio.




    Adjuntos: