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INFORMACIÓN SOBRE EL PLAN DE VIGILANCIA Y CONTROL DE LOS EFECTOS DE LAS OLAS DE CALOR SOBRE LA SALUD 20252025-06-05 09:32:20Info General
Desde la Subdirección de Protección Civil recordamos que el Plan 2025 dará comienzo el 15 de mayo y permanecerá vigente hasta el 15 de septiembre.
Se introduce un criterio de flexibilidad para permitir la activación de las alertas fuera de este período y en función de las previsiones meteorológicas, haciendo el seguimiento diario de las temperaturas desde el 1 de mayo hasta el 30 de septiembre. Durante este período, la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid pone en marcha el PLAN DE ACTUACIÓN ANTE EPISODIOS DE ALTAS TEMPERATURAS, cuyo objetivo es reducir los efectos graves para la salud asociados al calor y disminuir la mortalidad en la población vulnerable en caso de un aumento extremo de las temperaturas. En la página Web del Portal Salud de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/calor-salud, y a lo largo de la vigencia del Plan, tienen a su disposición el propio Plan anual de Vigilancia y Control y el Boletín de Información por Altas Temperaturas con las predicciones para cada día y los cuatro siguientes. Como novedad este año, se ha incorporado un nuevo método para el establecimiento de niveles de alerta. Teniendo en cuenta las competencias de los municipios en el ámbito preventivo y de intervención, y el papel primordial de los Ayuntamientos como administración pública más cercana a la población, aprovechamos la oportunidad para referir los niveles de riesgo y activación de Alerta en Salud Pública previstos en el plan y las actuaciones que corresponden a dichos niveles.
Una vez finalizado el periodo de vigencia de plan, les solicitaremos la relación de actuaciones de vigilancia y control de los efectos de la ola de calor que se realicen en su municipio para elaborar el informe de evaluación anual. Por ello, les rogamos que lleven un registro de dichas actuaciones. Por otro lado, es importante que los riesgos derivados de posibles olas de calor sean tenidos en cuenta en la planificación de protección civil, especialmente en los eventos multitudinarios, de forma que, si un evento coincide con un nivel elevado, se prevean actuaciones al respecto.
1. NIVELES DE RIESGO
Se establecen tres zonas isoclimáticas en la Comunidad de Madrid, cada una con su umbral específico de temperatura: · Sierra de Madrid: 34,1⁰ C · Metropolitana y Henares: 35,9⁰ C · Sur, Vegas y Oeste: 35,3⁰ C El Sistema de Vigilancia y Control de los Efectos de las olas de calor en la Comunidad de Madrid 2025 adoptará tres niveles de riesgo para cada zona isoclimática, determinados mediante un algoritmo de decisión.
- Nivel de Riesgo 0. Sol verde - Normalidad. Se considera que no existe un incremento de riesgo cuando el resultado obtenido mediante el algoritmo de decisión está comprendido entre 0 y 3,5. Esta situación expresa la “normalidad” de la temperatura estival en la Comunidad de Madrid.
- Nivel de Riesgo 1. Activación Alerta en Salud Pública en nivel 1: Color amarillo - Precaución Se estima un nivel moderado de riesgo con un perfil bajo de intervención cuando el resultado obtenido mediante el algoritmo de decisión es superior a 3,5 e inferior o igual a 7. La situación es de “precaución” porque existe un riesgo para la salud de la población más vulnerable a las altas temperaturas.
Nivel de Riesgo 2. Activación Alerta en Salud Pública en nivel 2: Color rojo - Alto riesgo Se considera que existe un alto nivel de riesgo con un perfil elevado de intervención cuando el resultado obtenido mediante el algoritmo de decisión es mayor de 7 y se representa con el color rojo.
En este caso la situación es de “riesgo” para la salud de toda la población por ola de calor, y especialmente para los más vulnerables. La Dirección General de Protección Civil, a través de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, remitirá un aviso a los diferentes Ayuntamientos y Organismos comunicando, en su caso, la activación de la Alerta por Ola de Calor e indicando el nivel de la misma.
2. ACTUACIONES
En nivel de riesgo 0 no se activa ningún tipo de alerta. Las actuaciones se limitan a informar de forma general de los riesgos para la salud en relación con el aumento de las temperaturas y con la exposición a las radiaciones solares. Desde la Consejería de Sanidad se emitirán mensajes dirigidos a los grupos de mayor riesgo (niños, mayores, deportistas y trabajadores expuestos a altas temperaturas) centrando su contenido en:
- La protección frente a las radiaciones solares
- Las precauciones ante la exposición prolongada a altas temperaturas
- La importancia de la hidratación (bebidas no alcohólicas)
- El mantenimiento en frío de los alimentos para evitar brotes de origen alimentario
En el nivel de riesgo 1 se activa la Alerta en el nivel 1 o precaución (alerta amarilla), pues se alcanza un nivel de riesgo en el que se detecta un incremento de la mortalidad asociada a las altas temperaturas.
La Consejería de Sanidad alerta a la Red de Asistencia Sanitaria y las diferentes instituciones responsables de la intervención (servicios sociales, Ayuntamientos y otras Consejerías) y se desarrollan actuaciones exclusivamente de información. Se difundirán las medidas adecuadas para proteger la salud frente al calor mediante mensajes a la población en general, a grupos específicos y en particular a la población vulnerable y a las personas implicadas directamente en el cuidado de la población vulnerable.
Asimismo, emitirá recordatorios de las medidas adecuadas para proteger la salud de la población especialmente vulnerable a: · Profesionales sanitarios
· Profesionales de Servicios Sociales
· Responsables de Residencias de Mayores y Centros de Día
· Responsables de instituciones deportivas
· Protección civil
En el nivel de riesgo 2 se activa la Alerta en nivel 2 o alto riesgo (alerta roja), puesto que se prevén efectos potenciales en la salud por ola de calor que pueden llegar a ser muy graves, como el denominado golpe de calor.
Se realizará, por parte de la Consejería de Sanidad, la labor informativa reseñada en el caso de Alerta en nivel 1 y, ante la gravedad del riesgo, se realizarán también labores de intervención directa sobre la población vulnerable. Para ello, se pondrán en funcionamiento los planes específicos de intervención desarrollados por la Red de Asistencia Sanitaria y otras Instituciones responsables (Servicios sociales, Ayuntamientos y otras Consejerías).
3. POBLACIÓN ESPECIALMENTE VULNERABLE
Se incidirá especialmente en la adopción de medidas preventivas por parte de los segmentos de población más expuestos a este riesgo:
* Bebés y niños pequeños. Son especialmente sensibles a las altas temperaturas. Es fundamental extremar las precauciones y consultar con el pediatra ante cualquier duda.
· Personas mayores. Especialmente aquellas que vivan solas o cuenten con escaso apoyo socio-familiar; convivan con un cónyuge de edad avanzada o enfermo; hayan estado ingresadas recientemente; sufran alguna enfermedad o invalidez grave (incluidos los enfermos terminales); sufran demencia o problemas cognitivos; estén sujetas a tratamientos farmacológicos vitales; cuenten con pensiones bajas (en relación con las condiciones de la vivienda); o que sus viviendas sean últimos pisos, con mala calidad de la edificación, ausencia de aire acondicionado y ascensor. En estos casos, se recomienda una supervisión diaria por parte de familiares o vecinos o, en su defecto, solicitar ayuda a los Servicios Sociales de su Ayuntamiento.
· Personas con enfermedades crónicas o de riesgo. Aquellas que padezcan enfermedades mentales, cardiovasculares, respiratorias crónicas, renales, diabetes, hipertiroidismo, obesidad mórbida. · Personas bajo tratamiento farmacológico sensible al calor. Existe un documento informativo elaborado por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, dirigido a profesionales sanitarios, sobre el uso adecuado de medicamentos durante episodios de altas temperaturas.
· Personas en situación de vulnerabilidad social. Aquellas con dependencia o invalidez, alcoholismo, mendicidad…
· Deportistas y trabajadores al aire libre en horas de calor extremo. Se evitará en lo posible la realización de ejercicio en las horas centrales del día (de 12 a 18 h.) y se procurará: usar la ropa adecuada; utilizar crema protectora para el sol; gafas de sol y gorro; beber agua y bebidas isotónicas para evitar la deshidratación; iniciar el ejercicio de forma gradual para acostumbrar el cuerpo al calor y estar atento a los síntomas de una posible insolación o golpe de calor. No debe practicarse deporte cuando la temperatura supera los 30ºC y la humedad es igual o superior al 80% ya que en estas condiciones no se elimina correctamente el calor producido.
Subdirección General de Proteción Civil
Dirección General de Protección Civil
Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112
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