• 2020-03-26 09:02:17
    Sanidad

    Dada la situación actual en la que nos encontramos, debido a la pandemia mundial del COVID-19, que desencadenó en la aprobación por el Gobierno de España del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, situación que será prorrogada por acuerdo del Congreso de los Diputados en el día de ayer, nos vemos obligados a tomar nuevas medidas.

    Estas se alinean y son complementarias a las recomendaciones y exigencias de la Autoridad Sanitaria, en el contexto que se establece en la Orden SND/272/2020 de 21 de marzo, por la que se establecen medidas excepcionales para expedir la licencia de enterramiento y el destino final de los cadáveres ante la situación de crisis sanitaria ocasionados por el COVID-19, y otras recomendaciones elaboradas por el Ministerio de Sanidad.

    Por todo ello, en virtud de mis atribuciones y responsabilidad en el marco y ámbito municipal, tengo a bien decretar las siguientes medidas, con respecto al cementerio municipal:

    - Se prohíbe el acceso al Cementerio Municipal de toda persona que no esté autorizada por la autoridad municipal.
    - En caso de enterramiento sólo podrán acceder a estas instalaciones, los operarios responsables del enterramiento, los empleados de la empresa funeraria encargada del mismo y los familiares de la persona fallecida, hasta un máximo total de 10 personas, que deberán respetar la distancia de seguridad de 1 metro de separación y adoptar todas las medidas necesarias para evitar contagios.

    El incumplimiento de estas medidas se pondrá en conocimiento de la Autoridad competente.