• 2021-03-15 10:23:12
    Sanidad

    Nuevas medidas y recomendaciones    
    A partir de hoy 15 de marzo, entra en vigor el nivel 3 en La Rioja. Las principales medidas asociadas a este nivel son:

    Relaciones sociales y familiares: 
    • Limitación al máximo de los contactos fuera de los GCE. 
    • Reuniones hasta un máximo de 6 personas salvo que se trate de convivientes y sin perjuicio de las excepciones que se establezcan en relación a dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público, o respecto a personas menores o dependientes. No están incluidas en la limitación las actividades laborales, educativas e institucionales, ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.  
    • Mantenimiento de distancia interpersonal, prohibición de fumar en vía pública sin mantener la distancia de 2 m., prohibición de fumar en terrazas y prohibición de comer y beber en espacios públicos cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad y fuera del GCE. 
    • Recomendación de permanecer en el domicilio. 

    Movilidad: 
    • Limitación de entradas y salidas del área territorial evaluada. Excepciones: Art. 3 Decreto de la Presidenta 15/2020, de 28 de octubre. 
    • Recomendación de salir del domicilio solo para lo necesario, evitando espacios cerrados en los que se desarrollan actividades incompatibles con el uso de mascarillas y concurren muchas personas.
    • Restricción de movilidad nocturna entre las 23:00h y las 05:00h. 

    Velatorios, entierros y ceremonias fúnebres:
    • Limitación de aforo a 1/3 en espacios cerrados (máximo 10 personas) siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.
    • Limitación de asistentes a 20 personas en espacios abiertos siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad. 

    Centros residenciales de personas mayores y con discapacidad, centros de día y centros de participación activa:
    • Residencias de mayores y personas con discapacidad: limitación de salidas y de visitas garantizando las medidas de distanciamiento e higiene, bajo supervisión.
    • Centros de Participación Activa: cierre de este tipo de centros.

    Hogares del jubilado, ludotecas y centros de ocio juvenil:
    • Apertura con un aforo del 50% en interior. Actividad permitida únicamente en mesas garantizando la distancia de 2 metros entre sillas de diferentes mesas. Ocupación máxima de 6 personas por mesas o agrupación de mesas.

    Discotecas y locales de ocio nocturno:
    • Cierre. 

    Establecimientos como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos, locales específicos de apuestas:
    • Aforo del 50% en interior. 
    • Ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas.
    • Prohibición de consumo en barra.
    • Garantizar la distancia de 2 m. entre las sillas de las diferentes mesas.
    • Limitación de la hora de admisión de clientes hasta 1 hora antes del comienzo del horario de restricción de movilidad nocturna.

    Deporte y ejercicio físico:
    • Zonas interiores: 
      • Gimnasios, instalaciones y centros deportivos: aforo máximo del 50% garantizando la distancia de seguridad y ventilación. En caso de no poder garantizarse deberán permanecer cerrados. En las actividades grupales se mantendrán los límites de personas aplicable a dicho nivel, es decir, 6 personas. 
      • Permitidos eventos deportivos no profesionales/no federados con aforo de 1/3 en exteriores. 
      • Permitidas competiciones federadas y profesionales.
      • Permitidos entrenamientos de Juegos Deportivos de La Rioja. 
      • Permitido ejercicio físico individual al aire libre manteniendo las medidas de distancia e higiene. Posibilidad de práctica en grupos de hasta 6 personas.

    Congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, seminarios y otros eventos profesionales:
    • Solamente se podrán realizar de forma telemática.

    Academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada:
    • Aforo del 50%.
    • Presencialidad si pueden garantizarse las medidas de prevención, distanciamiento e higiene.
    • Suspensión de actividades donde asistan personas vulnerables.
    • Recomendación de enseñanza telemática.
    • Academias de danza, baile o similares: grupos máximo de 6 personas y uso obligatorio de mascarilla.

    Hoteles, albergues turísticos, residencias de estudiantes y otros alojamientos:
    • Hoteles
      • Apertura de zonas comunes (1/3 de aforo) siempre que se garanticen las medidas de distanciamiento e higiene y se garantice una correcta ventilación. 
    • Albergues
      • Apertura de zonas comunes (1/3 de aforo) siempre que se garanticen las medidas de distanciamiento e higiene y se garantice una correcta ventilación. 
      • Las personas de distintos grupos de convivencia no pueden pernoctar en la misma estancia.
    • Residencias de estudiantes:
      • Prohibidas las visitas

    Bibliotecas, archivos, salas de exposiciones, monumentos…
    • Aforo del 50% para cada una de las salas y espacios públicos.
    • Actividades en grupo máximo 6 personas. 

    Piscinas y zonas de baño:
    • Aforo del 50% al aire libre y 1/3 en cerradas.
    • Control de aforos.

    Parques y zonas de esparcimiento al aire libre:
    • Abiertos manteniendo las medidas de distanciamiento, higiene y prevención. 
    • Prohibición del consumo de alcohol.
    • Recomendación del cierre nocturno. 

    Caza y pesca
    • Permitida la actividad cinegética y de pesca en todas sus modalidades.
    • Mantenimiento de distancia interpersonal de 1,5m. y uso de mascarilla. 
    • Si implica más de un cazador, el organizador o responsable de la cacería deberá disponer de un plan de actuación con las medidas de prevención e higiene. El contenido de dicho plan deberá difundirse entre los participantes y se adjuntará a la solicitud de autorización de cacería.
    • Grupo máximo de 6 personas tanto para caza como pesca.
    • No se compartirán utensilios de caza ni accesorios de comida o bebida.