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BANDO DE ALCALDIA RIESGO DE INCENDIOS2026-08-05 08:17:17Info General
BANDO
SOBRE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES
DON GREGORIO ANTONIO CAMPOS MARFIL, ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE IZNATE
HACE SABER
Que este Ayuntamiento ha recibido comunicación oficial de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, a través de la Dirección General de Emergencias y Protección Civil, alertando de la situación de alto riesgo de incendios forestales existente en nuestra comunidad autónoma.
Las elevadas temperaturas, la baja humedad, los prolongados periodos de calor y los episodios de viento favorecen la rápida propagación del fuego, incrementando el riesgo para las personas, las viviendas, el patrimonio natural y la economía de nuestros municipios.
Por ello, se hace un llamamiento a la máxima responsabilidad y colaboración ciudadana y se recuerda el obligado cumplimiento de las siguientes medidas:
PROHIBICIÓN ABSOLUTA DE PIROTECNIA
Queda terminantemente prohibido el lanzamiento o utilización de fuegos artificiales, cohetes, petardos, bengalas, globos con llama, artefactos pirotécnicos o cualquier otro elemento capaz de producir chispas, llamas o focos de ignición en terrenos forestales y en su zona de influencia.
AUTORIZACIÓN DE EVENTOS
De conformidad con las instrucciones dictadas por la Junta de Andalucía, no podrán autorizarse actividades o espectáculos que incluyan el uso de material pirotécnico cuando concurran las circunstancias establecidas por la normativa vigente en materia de prevención de incendios forestales.
VIGILANCIA Y PREVENCIÓN
El Ayuntamiento reforzará la vigilancia en las zonas de mayor riesgo, especialmente durante la celebración de actividades y eventos, adoptando cuantas medidas sean necesarias para prevenir cualquier situación que pueda originar un incendio.
AVISO INMEDIATO
Se recuerda a todos los vecinos que, ante la detección de cualquier columna de humo o conato de incendio, deberán avisar inmediatamente al teléfono de emergencias 112, facilitando la ubicación lo más precisa posible.
RÉGIMEN SANCIONADOR
Se informa expresamente de que provocar un incendio forestal puede dar lugar a importantes responsabilidades penales y administrativas.
- El Código Penal (artículos 351 a 358) contempla penas que pueden alcanzar hasta 20 años de prisión, además de la obligación de asumir los costes derivados de la extinción y los daños ocasionados.
- La Ley 5/1999, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales de Andalucía, prevé sanciones económicas que pueden alcanzar los 450.000 euros, en función de la gravedad de la infracción.
La prevención es la herramienta más eficaz para proteger la vida de las personas, conservar nuestro entorno natural y evitar daños irreparables.
La colaboración de todos los vecinos de Iznate es imprescindible.
Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento.
En Iznate, a 5 de agosto de 2026.
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Gregorio Antonio Campos Marfil
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