• 2025-04-14 13:30:40
    Info General


    El Ayuntamiento de La Herrera recuerda que el Artículo 19 de la Ordenanza Municipal de Seguridad Ciudadana, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 145 de fecha 14/12/2019, dice lo siguiente:
    “Los propietarios de terrenos, construcciones y edificios tienen el deber de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público.”
    La limpieza de solares y otros terrenos de propiedad particular que se encuentren en suelo urbano corresponderá a la propiedad, sin menoscabo del cumplimiento de otras obligaciones de carácter urbanístico.”
    El artículo 161, entre las infracciones graves, prevé la siguiente: “No cumplir reiteradamente las obligaciones de limpieza de la parte de la vía o zona que les corresponda, establecidas para la propiedad de edificios, locales y solares y para los titulares de licencias de ocupación de la vía pública: quioscos, puestos, terrazas, veladores, etc.”, pudiéndose establecer, según el art. 163, multas por dicha conducta de 750,01 € hasta 1.500 €.

    Para aquellos solares, que actualmente no cumpliesen las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público que dicta la Ordenanza Municipal, se les concede un plazo de hasta el día uno del próximo mes de mayo para realizar la limpieza de los mismos.