• 2025-07-25 09:46:06
    Servicios Sociales

    La Mancomunidad Integral LÁCARA LOS BALDIOS ha resultado beneficiaria de una subvención por parte de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, se trata del Programa de Colaboración Económica Municipal del servicio de respiro familiar a personas cuidadoras habituales no profesionales. 

    SERVICIOS A SOLICITAR 
    1. Acompañamiento y Asistencia Domiciliaria
    ( Máximo 65 horas por persona atendida al año )que se podrán distribuir como mejor convenga a las personas cuidadoras habituales no profesionales.
    Coste de la hora: coste de una persona cuidadora según convenio colectivo.

    2. Acompañamiento circunstancial y actividades puntuales de ocio (diurno, nocturno, en el tiempo libre, en fines de semana y tiempo de vacaciones; así como descanso en hospitalizaciones, acompañamiento a servicios especializados ambulatorios, postoperatorios, u otros servicios transitorios análogos.)
    ( Máximo: 36 horas/año)
    Coste de la hora: coste de una persona cuidadora según convenio colectivo.
    El servicio de respiro puede coincidir con el horario de la comida de la persona atendida que requiere de los cuidados, siendo función del profesional que presta el servicio supervisar el desarrollo correcto de la misma.
    El coste de los alimentos no está incluido en el servicio de respiro.

    3. Asistencia a establecimiento no sociosanitario (campamentos, playa, montaña, etc)

    Duración mínima de la actividad: 2 días     
     Cuantía máxima por día: 72 €
    Coste máximo de la actividad por persona: 504 €/año

    Las actividades irán dirigidas a realizar el respiro en otro tipo de establecimientos no sociosanitarios, siempre que cuenten con los elementos necesarios para ello.  Se incluirán las actividades de ocio que procedan tales como: asistencia a la playa, montaña, campamentos, etc.
    La entidad prestadora se responsabilizará de la seguridad de las personas atendidas, y deberá tener suscrito un seguro de responsabilidad civil que cubra dichas actividades.

     4. Estancias en establecimiento sociosanitario (estancias temporales en plazas acreditadas), en Centros de Día, de noche, y centros residenciales.

    La duración máxima  será de 10 días al año por persona atendida. Los costes máximos de las actuaciones serán:
    — 70 euros diarios para el servicio de Residencia o de alojamiento.
    — 40 euros diarios para el servicio de Centro de Día o nocturno.

    En la asistencia en que se plantee un servicio residencial temporal, en plazas acreditadas y no financiadas por el SEPAD, se deberá dar el contenido prestacional propio de los servicios de centros de día, centros de noche y centros residenciales.

    Las estancias se contratarán con centros que cuenten con la correspondiente acreditación

    Más información con Gema Cumplido la trabajadora social.



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