-
Medidas de prevención por Influenza Aviar (Gripe Aviar)2025-11-19 09:49:09Info General
NOTA INFORMATIVA
De acuerdo con la ORDEN APA/1288/2025, de 11 de noviembre, y ante el aumento del riesgo de contagio desde aves silvestres, se establecen medidas obligatorias de prevención para todas las explotaciones y particulares que tengan aves de corral.
MEDIDAS A APLICAR
- Confinamiento obligatorio de las aves de corral que normalmente se crían al aire libre.
- Si no es posible el confinamiento total, será necesario colocar mallas o telas pajareras que impidan el contacto con aves silvestres.
- El alimento y el agua deben mantenerse protegidos para evitar el acceso de aves silvestres.
- Prohibida la cría conjunta de patos y gansos con otras aves de corral.
- Prohibido utilizar agua procedente de depósitos accesibles a aves silvestres.
- Los depósitos de agua al aire libre deben estar adecuadamente protegidos.
- No se permite la presencia de aves de corral en certámenes, exhibiciones, muestras u otros eventos con concentración de animales.
Estas medidas se aplican a todas las explotaciones, incluidas las de autoconsumo.
La Unión de Campos, 19 de noviembre de 2025.